Texto: Lic. Adriana Cuautle

Edición: Selene Díaz

FONDEN

Hasta antes de 1985; el presupuesto de egresos del Gobierno Federal no incluía ningún rubro que constituyera una reserva para ser utilizada ante cualquier fenómeno natural que azotara al país. Después del trágico terremoto de ese año; las autoridades se replantearon la forma en que venían distribuyendo sus ingresos; por lo cual, dentro de una estrategia de gestión integral del riesgo; el Gobierno Federal de México creó el Fondo de Desastres Naturales (FONDEN). El cual tiene el propósito de apoyar actividades de emergencia; recuperación y reconstrucción después de la ocurrencia de un desastre. Las primeras reglas de operación fueron publicadas en 1999.

En otras palabras, México sí cuenta con una reserva económica federal, que se encuentra establecida directamente en el Presupuesto de Egresos de la Federación; para hacer frente a los escenarios que derivan después de un evento natural que genera grandes pérdidas; por ejemplo, los acontecidos el 7 y 19 de septiembre de este año.

A la fecha, este fondo está compuesto por dos instrumentos presupuestarios complementarios:

  • El Programa FONDEN. Para Reconstrucción (siendo éste el de mayor importancia que se refleja en el presupuesto que le es asignado); y
  • El Programa Fondo para la Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN); y sus respectivos fideicomisos.

Ambos programas ejercen sus recursos financieros a través de sus respectivos fideicomisos. Es decir, los recursos asignados serán destinados únicamente a los fines por los cuales fueron creados.

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; establece que se destine una cantidad no menor al 0.4% del presupuesto federal. Dicho presupuesto se destinará para el:

  • Fondo de Desastres Naturales (FONDEN)
  • Fondo para la Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN); y para el
  • Fondo Agropecuario para los Desastres Naturales.

Quedando dicho porcentaje como el estándar presupuestario anualmente que se destina a esta partida.

Para poder acceder al Fondo cuando ocurre un desastre, debe ser emitida una declaratoria de emergencia; razón por la cual el 27 de septiembre de 2017, a petición del Jefe de Gobierno de esta ciudad fue publicada en el Diario Oficial de la Federación por el Coordinador Nacional de Protección Civil; adscrito a la Secretaría de Gobernación, dicha declaratoria.

Una vez realizado lo anterior; los fondos autorizados a los programas de reconstrucción son transferidos a subcuentas específicas dentro del fideicomiso FONDEN para ser ejercidos. Cuando se ponen en marcha los programas de reconstrucción, se realizan los pagos por las obras y acciones a quienes correspondan.

Además, el FONDEN también transfiere recursos a un Fondo de Atención de Emergencias, a fin de que el Gobierno Federal pueda brindar auxilio con víveres, herramientas y medicamentos a la población afectada.

La Secretaría de Gobernación es la responsable del procedimiento de acceso a los recursos del FONDEN; y de la emisión de las declaratorias de desastre natural. Mientras que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la instancia responsable de los recursos del FONDEN.

En el presupuesto de egresos para este 2017 se destinaron $6,300,636,547. Para este 2018 se establecieron $6,910,979.40.

Habrá que esperar las posibles modificaciones a dicho presupuesto debido a los recientes sismos.

Cabe destacar que como se ha señalado, la autoridad es quien detona la utilización de los recursos del fondo y su distribución; por lo cual, las personas civiles no pueden acudir directamente al FONDEN a recibir recursos; en consecuencia no se deben entregar documentos para recibir recursos por este concepto.

Otros beneficios (fiscales) otorgados por el Gobierno Federal

Además del FONDEN, el ejecutivo federal está facultado para emitir facilidades administrativas con el fin de apoyar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de aquellos contribuyentes que resultaron afectados por los sismos. Es por ello que ha establecido varias facilidades fiscales para los contribuyentes de las zonas afectadas.

Es así que el 11 de septiembre y el 2 de octubre, ambos días del año en curso, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Decretos a través de los cuales se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes afectados por los sismos ocurridos el 7 y 19 de septiembre de 2017.

El primer Decreto está dirigido a diversos municipios de los estados de Oaxaca y Chiapas.

El segundo abarca a Guerrero, Estado de México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Ciudad de México.

Dentro de los beneficios en común otorgados por el Ejecutivo Federal en ambos Decretos se encuentran:

  • Deducción inmediata de inversiones en bienes nuevos de activo fijo adquiridos entre el 7 de septiembre de 2017 y el 31 de marzo de 2018 a la tasa del 100%.
  • Se pueden diferir el entero de retenciones por salarios correspondientes de agosto a diciembre de 2017.Deberán ser cubiertas hasta en 3 parcialidades iguales.
  • Diferimiento de los pagos definitivos de IVA y IEPS de agosto a diciembre de este año, para ser cubiertos en 3 parcialidades iguales.
  • Aquellos contribuyentes del sector agropecuario podrán presentar mensualmente sus declaraciones de IVA durante el segundo semestre de este año, sin que ello sea considerado como incumplimiento a las disposiciones fiscales, con la finalidad de recuperar los eventuales saldos a favor con mayor rapidez.

Estos y otros beneficios otorgados de forma exclusiva en cada uno de los citados decretos, contienen especificaciones; además de determinados requisitos para poder ser aprovechados.

Si tienes duda en la forma de aplicarlos, acércate a nuestros especialistas. Además, te invitamos a leer los demás artículos.

Recuerda que debes mantenerte actualizado.

*Con información de “FONDEN, una reseña”, 2012, Banco Mundial, GFDRR.