2019, 25 de octubre. El Senado de la República aprueba de la Miscelánea Fiscal 2020.

El presente es un resumen de las últimas consideraciones, adicionales a lo anteriormente abordado en el blog previo, sorbe la aprobación previa de los diputados el día 18 de octubre pasado:

Algunas de las previamente autorizadas:

  • Propuesta de esquemas reportables / del Art. 197 al 202 del CFF
  • Eliminación de la norma antiabuso la inexistencia de operaciones / adición del Art. 5-A CFF
  • Eliminación la retención de ISR para ventas por catálogo / Art. 76-B, de la LISR
  • Cambia retención de IVA en outsourcing de 16 a 6%
  • Ampliación del plazo para el pago de impuestos y Eliminan el bloqueo por incumplimiento de las plataformas digitales (extranjeras como: Uber, Cabify, Didi y Airbnb) / se elimina el Art. 113-C

Los Senadores para esta última aprobación adicionaron los siguientes temas:

  • Responsabilidad solidaria de directores, gerentes o administradores / Art. 26 Fracc. III del CFF

Que aprueba la reserva para que los directores, gerentes o administradores de las personas morales, sean responsables solidarios, sólo cuando incurran en conductas graves como no solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o cuando no lleven la contabilidad, la oculten o la destruyan, entre otros supuestos, por las contribuciones causadas o no retenidas por éstas durante su gestión.

  • ISR para plataformas digitales  se autoriza a la baja / Art. 113 LISR

El Senado aceptó aplicar una tasa menor de retención máxima del 5.4%, en comparación a lo propuesto del 15%.

  • Senadores confirman que se adelanta fecha de emisión de reglas para plataformas digitales

Se rechazó la propuesta de los Diputados de postergar la fecha para que el SAT emita las reglas de carácter general para la prestación de servicios de plataformas digitales residentes en el extranjero, que no tienen establecimiento en México. Ahora será a más tardar el 31 de enero de 2020.

  • Saneamiento de adeudos por cuotas obrero-patronales /Ar. 16 transitorio LIF

Se adiciona para promover el saneamiento de los créditos adeudados por conceptos de cuotas obrero-patronales, serán suscritos bajo autorización, convenios (por parte del IMSS) para que el pago pueda realizarse en parcialidades, en un plazo máximo de hasta seis años, por parte de estados, municipios y organismos descentralizados 

  • Reducciones a comuneros y ejidatarios / 74-B LISR

Abren la puerta que impedía que los ejidatarios y comuneros, así como ejidos y comunidades que formen parte de otra persona moral, fueran beneficiados con una reducción del 30% del ISR.

  • Niegan la solicitud de regularizar “autos chocolate” / Art. 15to. LFI

Se suprime dicho artículo.

La anteriores cambios, que consideramos los más relevantes, fueron devueltos a los Senadores para que, en su facultad exclusiva, aprueben la Miscelánea Fiscal 2020, y que el Ejecutivo en un plazo de 20 días naturales a su aprobación, lo publique en el Diario Oficial de la Federación.

L.C.P. Sergio Fernández Quintero 

Subdirector de Contabilidad