Texto: Lic. Adriana Cuautle
Edición: Selene Díaz

El FATCA es una de las leyes extranjeras vigentes que establece  obligaciones y responsabilidades para el intercambio de información, con fines fiscales entre los países firmantes.

Este instrumento es el que da origen a la referida fiscalización internacional, pues es la primera herramienta que generó la comunicación entre instituciones y entidades de diversos países con las autoridades estadounidenses respecto de la situación económica de los ciudadanos y residentes americanos.

Antecedentes 

El 18 de marzo de 2010, fue publicado en Estados Unidos el Hiring Incentives to Restore Employment Act, mejor conocida como Ley HIRE, que otorgaba diversos beneficios a los empleadores con el fin de restaurar empleos. Esta ley introdujo una modificación al Código Tributario estadounidense en su capítulo 4: la  Foreign Account Tax Compliance Act. (FATCA), cuya denominación en español es la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras, mejor conocida como Ley FATCA.

¿Por qué aplica en México?

Quizá te estés preguntando ¿cómo es que una ley americana, emanada del Congreso estadounidense y promulgada por el entonces presidente americano Barack Obama, tiene aplicación en territorio mexicano o cualquier otro país del mundo? ¿Dónde quedó la soberanía de un país?

Bien, pues la respuesta es que el gobierno americano estableció la creación de acuerdos intergubernamentales celebrados entre los Estados Unidos y cada país, de esta manera, hubo países que celebraron la aplicación de esta ley, al punto en el que incluso le copiaron el modelo a los norteamericanos, tal fue el caso del Reino Unido; por el contrario, hubo estados que se opusieron a que la ley FATCA tuviera aplicación en su territorio: Suiza, pues significaba la caída de su tan cuidado secreto bancario, aunque finalmente a muchos no les quedó de otra y tuvieron que aceptarlo.

En el caso mexicano, el 19 de noviembre del 2012, se firmó el Acuerdo Intergubernamental (IGA) entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Departamento del Tesoro de Estados Unidos. Este acuerdo establece las obligaciones y responsabilidades para el intercambio de información con fines fiscales entre los países firmantes, como es el caso de México. Con la firma de este acuerdo, las Instituciones Financieras en nuestro país tienen obligaciones relacionadas a la identificación, clasificación y reporte de cuentas de clientes con obligaciones fiscales en EUA. Dicha información le será reportada al Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual compartirá dichos datos al Servicio de Rentas Internas (IRS) de los Estados Unidos.

A través de la firma de este acuerdo, México da entrada a las normas contenidas en la Ley FATCA.

Personas y/o entidades obligadas en términos del IGA firmado con México

Aplicación en México:

En primer lugar, es importante señalar que el objeto principal de la promulgación de esta ley, es que el gobierno americano sepa si sus ciudadanos y/o residentes con dinero fuera de Estados Unidos declaran efectivamente lo que les corresponde.  Por lo que en principio, este instrumento afecta a los ciudadanos o residentes americanos con dinero en México.

Por otro lado, las instituciones financieras residentes en México (incluyendo aquéllas que únicamente tengan sucursales en México), deberán revisar sus cuentas y si advierten que algún cuentahabiente tiene obligaciones fiscales con Estados Unidos, deberá ser reportado anualmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del SAT para que a su vez ésta lo informe al Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos.

Podemos resumir de manera general las cuentas reportables y no reportables dependiendo de su monto:

Persona física Cuentas preexistentes al 31 de diciembre de 2013 Cuenta nueva a partir del 1º de enero de 2014

Se debe llenar formulario de autocertificación al aperturar la cuenta

Más de 50 mil  hasta 1 millón USD – Cuenta de bajo valor Sí reportable *
Menos de 50 mil USD No reportable No reportable
Más de 1 millón USD – Cuenta alto valor Sí reportable *

* Todas las cuentas nuevas serán revisadas a partir del 1º de julio de 2014, a menos que el saldo sea menor a 50 mil dólares.

Persona moral Cuentas preexistentes al 31 de diciembre de 2013
Menos de 250 mil USD No reportable
Más de 250 mil USD Sí reportable

* Todas las cuentas nuevas serán revisadas a partir del 1º de julio de 2014.

Es importante resaltar que los requisitos establecidos en la Ley FATCA, tanto para las personales físicas y morales, para identificar si una cuenta es susceptible de ser reportada o no, se rigen por reglas muy específicas dependiendo de diversos factores, por lo que cada caso deberá ser analizado de manera particular, según su naturaleza.

Aplicación en Estados Unidos respecto de mexicanos que tengan dinero en territorio norteamericano:

En efecto, toda vez que la firma del acuerdo IGA con nuestros vecinos fue nivel 2, es decir, sujeto a reciprocidad, tal como las instituciones financieras mexicanas deben reportar al SAT sobre la información financiera de cuentahabientes con obligaciones fiscales en Estados Unidos, en esa misma medida, las instituciones financieras americanas reportarán al Servicio de Rentas Internas sobre la información económica de mexicanos con cuentas en Estados Unidos, información que a su vez será remitida al SAT, y éste a su vez decidirá si fiscaliza o no a dichos cuentahabientes.

Sanciones

¿Por qué los gobiernos de varios países aceptaron celebrar el Acuerdo Intergubernamental con Estados Unidos?

La respuesta es predecible: las sanciones que el país vecino determinó a cualquier institución que no participe en el intercambio de información, radica en  una multa del 30% de cualquier pago sujeto a retención con fuente de riqueza en Estados Unidos.

Conclusión

Por lo expuesto, podemos concluir que el secreto bancario, resguardado celosamente por muchos países con anterioridad, llegó a su fin con la implementación de esta ley, que si bien nació en Estados Unidos, hoy es una realidad que afecta a la mayoría de los países a través de otras figuras; por lo cual, el hecho de que la autoridad fiscal de tu país conozca la situación económica que ostentas en cualquier otro Estado, es actualmente un hecho. Por lo anterior, resulta de vital importancia entender todos los instrumentos que están teniendo aplicación, particularmente aquéllos que México está utilizando para evitar la evasión fiscal de los contribuyentes mexicanos.