Qué son, qué hacen y a quién convienen las Fintech

En este blog abordaremos el sector financiero que actualmente la tecnología ha absorbido a través de plataformas electrónicas, el cual se caracteriza como Instituciones de Tecnología Financiera (Fintech). 

El término “Fintech” deriva de las palabras “financial technology” y se utiliza para denominar a las empresas que ofrecen productos y servicios financieros, haciendo uso de tecnologías de la información y comunicación, como páginas de internet, redes sociales y aplicaciones para celulares, las cuales fungen como intermediarios en operaciones como transferencias de dinero, préstamos, compras, venta de títulos financieros, así como asesoramiento financiero. Las áreas en las que se desenvuelven son:

  • Pagos y remesas.
  • Préstamos.
  • Gestión de finanzas empresariales.
  • Gestión de finanzas personales.
  • Crowdfunding (financiamiento de proyectos).
  • Gestión de inversiones.
  • Seguros.
  • Educación financiera y ahorro.
  • Soluciones de scoring, identidad y fraude.
  • Trading y mercados.

Para este tipo de empresas que se encontraban operando dentro del mercado con antelación al año 2018, el Gobierno realizó la creación de la denominada Ley Fintech, publicada en marzo de 2018, la cual tiene como fin incrementar el nivel de inclusión financiera y mejorar las condiciones de competencia del sistema en México.

Según se resalta en un blog de la CNVB:

“La Ley Fintech señala que estas personas deberán presentar su solicitud de autorización en un plazo que no exceda de doce meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor de las disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera emitidas por la CNBV y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2018. Dicho plazo feneció el 25 de septiembre de 2019”.

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La CNBV señaló que como se estipula en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, la denominada Ley Fintech, las compañías de este sector podrán seguir en funcionamiento hasta que obtengan su autorización tras tramitarla.

Sin embargo, de no solicitar su permiso, “estarían actuando en contravención de la Ley y podrían ser sujetos a sanciones administrativas y penales, con independencia de que la CNBV podría ordenar el cierre de sus operaciones”.

Por lo cual, si eres una empresa dedicada a la venta de este servicio y no has solicitado tu autorización ante la Comisión Nacional Bancaría y de Valores (CNBV), te sugerimos te acerques a Lofton para un asesoramiento más personalizado para evitar el cierre total de tus operaciones. 

Jonathan Mejía.