El día 08 de septiembre de 2020, un colectivo feminista presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa de Ley para eliminar el IVA a los productos como toallas, pantis protectores, toallas de tela, copas menstruales y tampones.

La iniciativa busca reformar el artículo 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para considerar estos productos dentro de la llamada tasa cero, a esto se sumaron las organizaciones como Fundar, Oxfam México, el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, entre otras.

Dentro de la propuesta se estableció que estos eran artículos de primera necesidad, ya que son productos de gestión menstrual, pero dichos productos se encuentran sujetos a la tasa del 16% del IVA.

Desde una perspectiva de derechos humanos e igualdad de género, el IVA a productos menstruales discriminatorio y atenta contra el acceso a la salud, el mínimo vital, la vida digna, el trabajo y la educación de las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas menstruantes, se lee en la iniciativa firmada por la diputada de Movimiento Ciudadano, Martha Tagle.

De acuerdo con diversas estimaciones, en promedio, una mujer menstrua 2,535 días de su vida, cifra equivalente a siete años consecutivos, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la cual tomó de referencia una edad promedio en la que se menstrua de 15 a 49 años; sin embargo, existen variaciones entre la duración de los ciclos y los días en que las mujeres menstrúan.

Datos del INEGI indican que en México un poco más de 63 millones de mujeres, niñas y adolescentes menstrúan en la actualidad; sin embargo, muchas se enfrentan a la falta de espacios adecuados y cómodos para gestionar su menstruación con dignidad, ya sea por carencia de espacios dignos, falta de recursos económicos para acceder a productos, complicaciones para acceder al agua y falta de acceso a educación menstrual y reproductiva.

Eliminar el IVA a productos menstruales por ser un artículo de primera necesidad

Las toallas, pantis protectores, toallas de tela, tampones y copas menstruales son bienes de primera necesidad en la sociedad actual y cuyo uso es indispensable para el ejercicio de los derechos fundamentales.

A diferencia de otros productos exclusivos para un solo género, su uso no es opcional, y la falta de políticas sociales que proporcionen su acceso libre y gratuito demuestran que esta carga impositiva representa una discriminación directa y atenta contra la igualdad sustantiva de las mujeres.

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto al consumo que, a diferencia de los impuestos que gravan los ingresos o la propiedad, no distingue entre la capacidad económica de las personas y, por lo tanto, impone cargas tributarias al consumo de las mujeres sin diferenciar su situación de desigualdad socioeconómica,

Si bien es un impuesto que deben pagar todas y todos los consumidores sin distinción formal de género, el valor de los productos de gestión menstrual constituye una discriminación directa por tratarse de un bien cuya adquisición es esencial para condición biológica.

La propuesta para eliminar el IVA a productos menstruales se firmó por la diputada de Movimiento Ciudadano, pero existen legisladoras de otros partidos que apoyan la iniciativa.

Lic. Jonathan Ernesto Mejía Reyes