El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) ya está en y para aprovechar sus beneficios es fundamental que todos los agentes involucrados en el comercio exterior (empresas que importan y exportan entre México, Estados Unidos y Canadá) cumplan con sus reglas y procedimientos, para que tanto las importaciones como las exportaciones puedan realizarse sin contratiempos.

Certificación de origen, una oportunidad para México

Uno de los temas con mayor relevancia en el T-MEC es el esquema de certificación origen, por lo que es necesario poder observar y entender estrictamente las reglas de origen.

Para ello es importante estudiar los procedimientos de origen indicados en los capítulos 4 y 5 del tratado.

No debemos perder de vista que, en las operaciones de comercio exterior, uno de los componentes centrales es de índole tributario, ya que en el tratado se establece si los impuestos de la mercancía tienen una tasa preferencial o bien si está libre de ellos.

Entonces, aplicar de forma correcta una certificación de origen en el T-MEC puede impactar de manera positiva a otras áreas de una empresa y maximizar sus ganancias.

Pero si el procedimiento de certificación de origen no se realiza siguiendo a cabalidad las normas establecidas en el acuerdo, esto puede representar una pérdida de recursos en caso de que existan errores en la integración de los documentos.

Ventajas de aprovechar la certificación de origen

La certificación de origen la pueden solicitar todos aquellos importadores y/o exportadores que demuestren que su mercancía es originaria de la región o países que conforman el T-MEC.

Las ventajas de la certificación de origen del T-MEC son:

  • Se puede presentar la certificación en cualquier documento comercial conteniendo los datos mínimos de información.
  • Se permite la autocertificación, es decir, no se requiere acudir ante alguna autoridad para obtener el certificado de origen. Pero se requiere que se indiquen datos específicos de la mercancía.
  • Se puede solicitar el trato arancelario preferencial al presentar una certificación llenada por el exportador, productor o importador, esta modalidad entrará en vigor en México a más tardar 3 años y seis meses posteriores a la entrada en vigor del T-MEC.

Asimismo, es importante considerar las obligaciones que se adquieren al hacer efectiva la preferencia arancelaria para evitar problemas con la autoridad en caso de que se genere una verificación.

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