Cuando se ingresa mercancía al territorio nacional o bien cuando ésta sale del país, se debe dar cumplimiento a las regulaciones arancelarias impuestas por la autoridad para la mercancía. Aun cumpliendo con el pago de aranceles, también es fundamental verificar que la mercancía sujeta a importación y/o exportación además cumpla con las regulaciones y restricciones no arancelarias conocidas como RRNA’S.

Las RRNA’S son requerimientos establecidos por los gobiernos para controlar el flujo de mercancías entre los países, se determinan de acuerdo con el tipo de mercancía y su respectiva fracción arancelaria. Las podemos dividir en:

  • Regulaciones no arancelarias cuantitativas: Se aplican a cantidades de productos que se permiten importar a un país, o a establecer contribuciones cuantificables a las que se sujetan esas mercancías distintas del arancel.
  • Regulaciones no arancelarias cualitativas: Se aplican a todos los productos que se deseen introducir a un país y no solo a una cierta cantidad de ellos.

Entre estas regulaciones y restricciones no arancelarias tenemos:

  1. Permisos previos
  2. Cupos máximos
  3. Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s)
  4. Cuotas compensatorias
  5. Certificaciones
  6. Marcado del país de origen
  7. Otros instrumentos que se consideran adecuados para el logro de la política comercial nacional

Estas medidas están previstas en distintos ordenamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación, emitidos por la Secretaría de Economía, o en su caso, de manera conjunta con otras dependencias como son:

  • Secretaria de Salud (SSA) y Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS)
  • Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)
  • Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)
  • Secretaria de la Defensa Nacional (SEDENA)
  • Secretaria de Energía (SENER)

Se mantienen las operaciones a pesar de la contingencia

Los solicitantes deberán cumplir con los lineamientos y documentación estipulados por cada dependencia para poder solicitar y obtener el documento que acredite el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria correspondiente y puedan gestionar su mercancía.

Durante este periodo de contingencia derivado de la emergencia por el virus de COVID-19, la mayoría de las dependencias han suspendido actividades, sin embargo, hay otras que continúan trabajando y recibiendo solicitudes.

La Secretaría de Economía es un ejemplo, a través de medios electrónicos como es la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM), para la realización de trámites como son: programas de fomento, certificado de NOM’S, avisos automáticos, permisos previos de exportación, certificados de origen, entre otros.

La COFEPRIS mantiene abiertas sus ventanillas de servicio para la recepción de todos los trámites relacionados con la autorización de registros sanitarios y trámites de medicamentos y dispositivos médicos, que aseguren el abasto nacional, la atención de la emergencia sanitaria y la atención de pacientes con COVID-19.