Recibir una carta invitación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) es algo que genera inquitud y preocupación, y si bien, no es un asunto que deba tomarse a la ligera, es importante no entrar en pánico.
Una carta invitación es un documento que, por lo general, emite el SAT cuando detecta inconsistencias en las declaraciones, o el no cumplimiento de alguna obligación fiscal, por lo que en ella invita al contribuyente a que aclare voluntariamente dicha situación.
A continuación te explicamos lo que debes hacer, y cómo puedes encontrar la mejor solución a esta situación.
1. Primero, verificar la autenticidad de la carta invitación
Esto se puede hacer de dos formas:
Por su notificación
Es importante recalcar que las cartas invitación deben ser notificadas a través de buzón tributario, por lo tanto, para verificar su autenticidad hay que ingresar a la página del SAT https://www.sat.gob.mx/ y dar clic en el apartado de “Buzón tributario” para posteriormente ingresar RFC y contraseña del contribuyente.
Una vez iniciada la sesión en el buzón tributario, dar clic en el apartado de “Mis expedientes” y posteriormente en “Mis notificaciones”
A continuación, se podrán observar dos apartados denominados “Pendientes” y “Notificados”:
En el apartado “Pendientes” se encuentran aquellos oficios que no han sido abiertos y que por ende, no han sido notificados; para abrirlos será necesario autenticarse con la Firma Electrónica (FIEL) del contribuyente.
Ahora bien, en el apartado que dice “Notificados” podremos verificar si se encuentra la carta invitación que generalmente se identifica con el nombre de “Oficio Invitación de Vigilancia Profunda” según se observa en el siguiente ejemplo:
Una vez ubicado el oficio invitación de vigilancia profunda se podrán descargar tres documentos: 1. El aviso de notificación; 2. El acto administrativo (oficio); 3. El acuse de notificación.
Recomendamos descargar los 3 documentos para tener certeza sobre el día en que fue notificado el oficio.
Por su contenido
Las cartas invitación, también llamadas Oficio invitación de vigilancia profunda se caracterizan porque en su contenido la autoridad menciona que detectó inconsistencias en el cumplimiento de obligaciones fiscales por diversos ejercicios que generalmente abarcan 5 años, sin embargo, no proporciona el detalle de esas inconsistencias, es decir, montos, periodos, impuestos.
No obstante, el oficio puede establecer dos formas para que el contribuyente obtenga el detalle de las anomalías, y es a través de una cita presencial en las oficinas del SAT o enviando un correo electrónico a la dirección señalada en el propio oficio.
2. Si la carta es auténtica, verificar las inconsistencias y realiza una aclaración
El contador de la empresa debe analizar si las inconsistencias son correctas o no
Una vez que se verificó la autenticidad de la carta invitación y se obtuvo el detalle de las inconsistencias, el contador de la empresa deberá analizar las anomalías para saber si es necesario que se corrija la situación fiscal de la empresa a través de la presentación de declaraciones complementarias y pago correspondiente, o bien, para aclararle a la autoridad que su apreciación es errónea.
Es importante señalar que a veces la autoridad detecta inconsistencias que no son reales porque, por ejemplo, no considera facturas canceladas o aplicación de anticipos, lo que genera una supuesta diferencia en los ingresos declarados vs los ingresos facturados; en este caso lo que corresponde es hacer una aclaración.
Forma y tiempo para hacer una aclaración
Es recomendable que la aclaración se realice a través de un escrito libre y con papeles de trabajo, o bien, con los acuses de presentación de las declaraciones complementarias y pagos cuando se trate de corrección.
También es importante considerar que la autoridad concede solo 10 días para presentar el escrito y puede ser de dos maneras según lo indique la propia autoridad: por correo electrónico o a través de un caso de aclaración que se envía por “Mi portal” en la página web del SAT.
3. Buscar asesoría de un especialista es la mejor opción
Responder una carta invitación demuestra la disposición del contribuyente para aclarar y/o corregir su situación fiscal, disminuyendo el riesgo de que pueda ser auditado directamente a través de una visita domiciliaria o revisión de gabinete (facultades a través de las cuales la autoridad puede determinar créditos fiscales y multas).
También se evita la posible restricción temporal del Certificado de Sello Digital (CSD) que permite al contribuyente emitir facturas.
Por ello, es recomendable buscar asesoría de un especialista para dar atención y seguimiento a la carta invitación, elaborar correctamente el escrito y sobre todo fundamentar debidamente las aclaraciones y correcciones.
En Lofton, nuestros especialistas en materia fiscal pueden asesorarte para atender correctamente una carta invitación y evitar fiscalizaciones más agresivas por parte de la autoridad. ¡Contáctanos!