Desde su entrada en vigor (véase del blog Entendiendo la Ley Antilavado) las personas físicas y morales que se ubican en los supuestos de las actividades llamadas vulnerables y señaladas en el artículo 17 de esta Ley, han encontrado dificultades para su cumplimiento; por ello, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 16 de abril, el Programa de Auto Regulación, para ponerse al corriente con las obligaciones establecidas en el artículo 18 del mismo ordenamiento legal.

Dentro de los beneficios que brinda este programa, tenemos:

  • El cumplimiento retroactivo, desde la entrada en vigor de la norma (17 de julio de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2018).
  • Por el mismo periodo, la condonación de multas que van desde los $16, 898 hasta $1, 427, 712.

Para beneficiarse de este programa, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Estar al corriente en 2019 con el cumplimiento de esta Ley, su reglamento y reglas de carácter general.
  2. Solicitar autorización al SAT, a través del Sistema del Portal de Internet dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor del citado programa, esto es, a partir del 21 de junio próximo y hasta el 15 de agosto de 2019.
  3. Manifestar, bajo protesta de decir la verdad, la voluntad de corrección y subsanación de irregularidades u omisiones.
  4. Indicar el modo de cumplimiento.
  5. Especificar las circunstancias que originaron el incumplimiento de la norma.
  6. Cumplir con el programa en un plazo máximo de seis meses a partir del 16 de agosto de 2019.

Hecho lo anterior, puedes solicitar la condonación de las multas, bajo las siguientes especificaciones:

  1. Presentar solicitud de condonación ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente que por razón de domicilio fiscal corresponda.
  2. Que ésta se presente dentro de los 20 días hábiles siguientes a partir de que haya concluido el plazo para la auto regularización del solicitante.
  3. Que se hayan corregido de manera total las irregularidades u omisiones.
  4. Detallar el periodo de auto regulación, número y monto de la multa, número de oficio y la autoridad que determinó la sanción.

La autoridad tiene un plazo de 6 meses para verificar la solicitud, posterior a esto, un plazo de 30 días hábiles para notificar si fue procedente o no la condonación.

Si eres una persona física o moral que te encuentras en algún supuesto de esta Ley Antilavado, es importante que durante tu regularización recibas de manera oportuna asesoría para un correcto cumplimiento.

Si tienes dudas sobre alguno de los procesos o requerimientos, acércate a nosotros.