La STPS realizará inspecciones de trabajo en la industria hotelera, con el fin de verificar que el personal se encuentre debidamente contratado y que no existan esquemas de subcontratación en puestos específicos.

El lunes 12 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el cual se establecen criterios de inspección en materia de subcontratación relacionados con servicios turísticos y de hospedaje, en el cual se vigilará la correcta contratación de personal de este sector, ya que se han detectado prácticas ilegales de subcontratación del personal.

Estas inspecciones a la industria de hotelera son parte de la tarea de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, que es la encargada, entre otras cosas, de la correcta implementación de la Reforma al outsourcing, donde se eliminó esta figura de subcontratación y ahora las empresas solo pueden subcontratar personal solo en actividades especializadas, no aquellas que formen parte del giro principal del negocio.

¿Cómo se relaciona con el tema de la subcontratación?

Recordemos que a partir de la Reforma al outsourcing quedó prohibida la subcontratación de personal, ya que se vulneraban derechos laborales y se realizaban esquemas de evasión fiscal.

Bajo el nuevo modelo, las empresas que requieran subcontratar personal deberán estar ubicadas en el REPSE (Registro de Empresas Prestadoras de Servicios y Obras Especializadas), y únicamente se podrá utilizar esta figura en actividades que no sean las preponderantes de las distintas actividades económicas.

Esto quiere decir que, por ejemplo, una empresa se dedica a la construcción, no podrá subcontratar a albañiles, arquitectos, proyectistas, etcétera, ya que todos estos trabajadores forman parte de la actividad principal de la empresa.

Actividades accesorias, como asesoría, limpieza, publicidad, sí podrán subcontratarse con este modelo, ya que no forman parte de la actividad principal de la empresa.

En el caso de la industria hotelera, la STPS detectó un abuso en esta figura de subcontratación con personal que sí forma parte de las actividades primordiales de la industria, por lo cual iniciará las inspecciones de trabajo en la industria hotelera, para verificar que los trabadores se encuentren debidamente contratados, paguen las cuotas obrero-patronales por ley y el trabajador tenga certeza de su empleo.

¿Qué actividades se vigilarán de la industria hotelera?

En el caso de la industria hotelera, la STPS identificó que muchas empresas están recurriendo a la figura de servicios especializados para subcontratar personal en distintas áreas, que en estricto sentido, forman parte de la actividad económica esencial de la empresa.

Así, la STPS informó que las siguientes actividades forman parte de la actividad económica de los servicios de alojamiento temporal (hospedaje) y por lo tanto, no podrán utilizarse esquemas de subcontratación mediante la figura de servicios especializados:

  • Limpieza de habitaciones (camaristas)
  • Recepción y registro de huéspedes
  • Atención al huésped
  • Cocineros
  • Cantineros
  • Capitán de meseros
  • Meseros
  • Encargados de lavandería
  • Lavalozas
  • Encargados de ropería
  • Limpieza de cocina
  • Reservaciones y cargos de habitación

¿Qué elementos puede incluir la inspección de trabajo a la industria hotelera?

Las autoridades laborales aún no comunican de manera oficial si las inspecciones de trabajo que realizarán a la industria hotelera tendrán características especiales, más allá de vigilar el cumplimiento del registro de los trabajadores de actividades esenciales.

Sin embargo, sabemos que el nuevo modelo de inspección laboral no sólo vigila el cumplimiento de las condiciones de trabajo, que es su objetivo principal; además las autoridades laborales realizan cruce de información con dependencias como el SAT, el IMSS para verificar que los trabajadores se encuentren debidamente registrados.

Es importante señalar que si la autoridad detecta irregularidades en la contratación de los trabajadores, prácticas o esquemas de subcontratación que busquen evadir sus responsabilidades patronales, fiscales y de seguridad social, la STP puede llevar a cabo una inspección de trabajo más profunda, que incluya la revisión de:

  • Condiciones generales de trabajo
  • Aguinaldo
  • Salario mínimo
  • Utilidades
  • Contratación
  • Seguridad social
  • Capacitación
  • Comisiones de trabajo
  • Perfiles de puesto
  • Pago de impuestos y cuotas de seguridad social

Por ello, es de suma importancia que los trabajadores cuenten con un registro y un contrato apegado a la ley.

¿Qué pueden hacer las empresas hoteleras para no caer en irregularidades?

Ante la inminente ola de inspecciones de trabajo a la industria de hotelería por parte de la STPS lo primero que deben revisar las empresas de hotelería y hospedaje son los modelos de contratación del personal con las distintas actividades que señaló la autoridad laboral.

Como vimos en nuestro blog sobre Inspecciones de trabajo para REPSE algunos de los elementos que mayor importancia está dando la autoridad y que deben tener en cuenta las empresas:

  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales y de seguridad social
  • Contar con la documentación y materialidad de los servicios especializados
  • Justificar el carácter especializado de los servicios subcontratados
  • Para la deducción de IVA e ISN será indispensable la documentación comprobatoria del pago de impuestos del prestador del servicio y del contratista
  • Comprobar el pago de cuotas obrero-patronales
  • Proporcionar cuatrimestralmente la información de los contratos a la página del REPSE

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