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	<title>Reforma al CFF 2026 &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
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	<description>Nuestros servicios de auditoría detectan y previenen situaciones de riesgo en las empresas a través estrategias fiscales, financieras y operativas</description>
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		<title>Reforma Fiscal 2026: cambios clave que toda empresa debe saber.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lofton]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Nov 2025 00:10:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Fiscal]]></category>
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					<description><![CDATA[La Reforma Fiscal 2026 trae cambios clave para las empresas en México. Conoce cuáles son y cómo prepararte para cumplir con las nuevas disposiciones.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El pasado 7 de noviembre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los <strong>decretos que integran el Paquete Económico 2026</strong>, entre ellos, las reformas a la <strong>Ley de Ingresos de la Federación (LIF), </strong>la <strong>Ley Federal de Derechos (LFD), </strong>la <strong>Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, </strong>y particularmente, al <strong>Código Fiscal de la Federación (CFF), </strong>cuya entrada en vigor será el 1 de enero de 2026.</p>



<p>Esta reforma trae consigo cambios que fortalecen las facultades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y buscan combatir las prácticas irregulares, por lo que <strong>los contribuyentes deberán realizar diversos ajustes importantes en sus procesos administrativos y de control interno para dar cumplimiento a las nuevas disposiciones.</strong></p>



<p>A continuación, te compartimos los <strong>cambios más relevantes en materia fiscal </strong>que toda empresa debe tener en el radar:</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Mayor control sobre los comprobantes fiscales (CFDI)</strong></h2>



<p>Se amplía el concepto de <strong>CFDI falsos</strong>, incluyendo aquellos que amparen operaciones inexistentes, falsas o simuladas.</p>



<p>Cuando no se logre demostrar que efectivamente se realizó la operación, <strong>el SAT podrá suspender los sellos digitales de inmediato</strong>, y resolver el procedimiento en un plazo máximo de <strong>24 días hábiles</strong>. También se presumirán falsos los comprobantes fiscales que no cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF.</p>



<p>Esta medida no solo afectará a los emisores, sino también a quienes utilicen estos comprobantes. Asimismo, las sanciones penales por emitir o usar CFDI falsos, podrán ir de 2 a 9 años de prisión.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Restricción del Certificado de Sello Digital (CSD)</strong></h2>



<p>Se incorporan <strong>nuevos supuestos de restricción aplicables al Certificado de Sello Digital, </strong>entre ellos:</p>



<ul>
<li>Cuando los contribuyentes no proporcionen la información requerida por las autoridades aduaneras o no cuentes con un control de inventarios.</li>
</ul>



<ul>
<li>Cuando <strong>mantengan créditos fiscales firmes sin pagar</strong>, y en el ejercicio inmediato anterior hayan facturado un monto total que <strong>supere cuatro veces el valor del crédito fiscal pendiente</strong>.</li>
</ul>



<ul>
<li>Cuando se detecte que <strong>han emitido CFDI sin la clave de ingreso correspondiente</strong> conforme al tipo de comprobante.</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Nuevo plazo para cancelar CFDI</strong></h2>



<p>Los contribuyentes <strong>solo podrán cancelar facturas hasta el mes en que presenten su declaración anual </strong>correspondiente al ejercicio en que se emitieron. Esto limita la flexibilidad para corregir errores, y hace más importante la existencia de controles internos sobre la facturación.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Mayores facultades del SAT para negar o cancelar el RFC</strong></h2>



<p><strong>El SAT podrá negar la inscripción o cancelar el Registro Federal de Contribuyentes</strong> de empresas que tengan vínculos con socios, representantes o entidades involucradas en operaciones inexistentes, créditos fiscales firmes o delitos fiscales.</p>



<p>Asimismo, el SAT podrá <strong>suspender actividades, disminuir obligaciones fiscales, o cancelar el RFC</strong> de un contribuyente, cuando en sus propios sistemas detecte que durante los tres o cinco ejercicios anteriores <strong>no ha presentado declaraciones, no ha sido reportado en declaraciones de terceros, no ha emitido o recibido CFDI, no ha presentado avisos ante el RFC, y no cuenta con créditos o requerimientos pendientes.</strong></p>



<p>Estas acciones buscan <strong>depurar el padrón de contribuyentes activos</strong> y prevenir el uso indebido de razones sociales.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Limitación al procedimiento de reconsideración administrativa</strong></h2>



<p>El procedimiento de reconsideración administrativa solo será procedente en casos relacionados con créditos fiscales, excluyendo la posibilidad de solicitarlo en otro tipo de resoluciones administrativas.</p>



<p>Este cambio <strong>reduce las alternativas de defensa</strong> de los contribuyentes, y a su vez refuerza la importancia de <strong>actuar oportunamente en las etapas iniciales de cualquier procedimiento fiscal</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Supervisión en tiempo real para plataformas digitales</strong></h2>



<p>A partir de 2026, las plataformas digitales de streaming, transporte, entrega, entre otras, deberán dar acceso directo y en tiempo real al SAT a sus registros de operaciones. Esto refuerza la<strong> fiscalización en el ecosistema digital</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Cambios en la forma de garantizar créditos fiscales</strong></h2>



<p><strong>Los contribuyentes deberán seguir un orden obligatorio cuando pretendan garantizar el interés fiscal</strong>, comenzando con el billete de depósito, seguido por la carta de crédito, prenda e hipoteca, póliza de fianza, obligación solidaria asumida por un tercero y embargo administrativo.</p>



<p>Además, <strong>se elimina el beneficio de no garantizar</strong> <strong>el interés fiscal </strong>cuando se interponga un <strong>recurso de revocación</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Nuevas infracciones y sanciones</strong></h2>



<p>Se establecen <strong>infracciones por no enviar reportes volumétricos, condicionar la emisión del CFDI, y se amplían los supuestos de contrabando y falsedad documental, </strong>con sanciones de hasta <strong>8 años de prisión.</strong></p>



<p>También se amplía el plazo para notificar <strong>embargo e inmovilización de cuentas</strong> de 3 a 20 días.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Otras disposiciones del Paquete Económico 2026</strong></h2>



<p>Además del CFF, la <strong>Ley de Ingresos de la Federación </strong>establece las metas de recaudación para el próximo ejercicio y refuerza la vigilancia sobre los ingresos tributarios.</p>



<p>Por su parte, las modificaciones a la <strong>Ley del IEPS</strong> y a la <strong>Ley Federal de Derechos </strong>ajustan cuotas y derechos en sectores estratégicos como hidrocarburos y telecomunicaciones.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué deben hacer las empresas ante estos cambios?</strong></h2>



<p>Las nuevas disposiciones demandan <strong>mayor control, trazabilidad y consistencia en las operaciones fiscales y administrativas</strong> de las empresas.</p>



<p>A grandes rasgos, las acciones que recomendamos implementar son:</p>



<ul>
<li>Revisar procesos de emisión y cancelación de CFDI</li>



<li>Validar la situación fiscal de socios y representantes</li>



<li>Fortalecer los controles de cumplimiento y documentación</li>



<li><strong>Cuidar la materialidad de sus operaciones</strong>, es decir, asegurarse que cada transacción tenga un sustento real, documental y operativo que las respalde ante una posible revisión.</li>
</ul>



<p class="has-text-color has-medium-font-size" style="color:#225a40"><strong>La prevención y la actualización oportuna siempre serán la mejor estrategia</strong>. </p>



<p>En Lofton estamos a la orden para ayudar a las empresas a adaptarse a los nuevos requerimientos fiscales, minimizar riesgos y mantener un cumplimiento sólido. <strong>Contáctanos si necesitas que ayudemos a tu empresa.</strong></p>
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