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	<title>SIPRED &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
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	<description>Nuestros servicios de auditoría detectan y previenen situaciones de riesgo en las empresas a través estrategias fiscales, financieras y operativas</description>
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	<title>SIPRED &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
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		<title>Dictamen Fiscal 2026: fechas, criterios y puntos críticos que no debes ignorar.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lofton]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 19 Feb 2026 02:17:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Auditoria]]></category>
		<category><![CDATA[artículo 32-A CFF]]></category>
		<category><![CDATA[Auditoría Fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[dictamen fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[Dictamen fiscal 2026]]></category>
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					<description><![CDATA[El Dictamen Fiscal 2026 no es solo una obligación formal prevista en el artículo 32-A del CFF. Es un ejercicio que expone la consistencia fiscal y la calidad del control interno de una empresa. En este análisis revisamos quiénes están obligados a presentarlo, quiénes pueden optar, las fechas clave y los errores que suelen generar rechazos, multas o revisiones profundas. ]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Muchas empresas creen que el Dictamen Fiscal es solo otra obligación anual. Otras, ni siquiera lo consideran porque no están obligadas. En ambos casos, el error es el mismo, verlo como un trámite y no como un ejercicio de exposición técnica. &nbsp;</p>



<p>El Dictamen Fiscal no es solo cumplimiento. Expone consistencia fiscal, y puede ser la diferencia entre tener todo en orden o reaccionar bajo presión ante inconsistencias detectadas por la autoridad.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" fetchpriority="high" width="1024" height="227" src="https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2026/02/Dictamen-Fiscal-2026-1024x227.jpg" alt="" class="wp-image-30619" srcset="https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2026/02/Dictamen-Fiscal-2026-scaled.jpg 1024w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2026/02/Dictamen-Fiscal-2026-300x66.jpg 300w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2026/02/Dictamen-Fiscal-2026-768x170.jpg 768w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2026/02/Dictamen-Fiscal-2026-1536x340.jpg 1536w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2026/02/Dictamen-Fiscal-2026-2048x454.jpg 2048w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2026/02/Dictamen-Fiscal-2026-600x133.jpg 600w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es el dictamen fiscal?</strong></h2>



<p>El Dictamen Fiscal es un<strong> informe emitido por un contador público inscrito sobre los estados financieros para efectos fiscales</strong>. En términos de negocio, funciona como un “control de calidad” previo a la revisión de la autoridad: ordena la información, obliga a alinear contabilidad, declaraciones y soporte, y deja evidencia de revisión.</p>



<p>En palabras más simples, podríamos decir que es una opinión profesional que valida la consistencia fiscal del ejercicio.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Dictamen fiscal 2026, a qué ejercicio se refiere y fechas clave</strong></h2>



<p>Cuando hablamos del Dictamen Fiscal 2026, en la práctica nos referimos al dictamen que <strong>se presenta durante 2026</strong> y corresponde al <strong>ejercicio inmediato anterior</strong>, es decir, al ejercicio fiscal del 2025.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Plazo de presentación</strong></h3>



<p>El dictamen debe presentarse <strong>a más tardar el 15 de mayo del año inmediato posterior</strong> al cierre del ejercicio.</p>



<p>En el caso de que en el dictamen se determinen diferencias de impuestos a pagar, éstas deberán enterarse mediante declaración complementaria en las oficinas autorizadas dentro de los diez días posteriores a la presentación del dictamen.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Quiénes están obligados a dictaminar en 2026?</strong></h2>



<p>De acuerdo con el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) <strong>están obligadas a dictaminar sus estados financieros</strong> <strong>las personas morales que</strong>:</p>



<ul>
<li>En el último ejercicio fiscal inmediato anterior hayan declarado, para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR), ingresos acumulables iguales o superiores a <strong>$2,013,710,870.00</strong></li>



<li>Al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en la bolsa de valores.</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Quiénes pueden optar por dictaminar en 2026?</strong></h2>



<p>De acuerdo con el artículo 32-A del CFF, <strong>pueden optar por dictaminar sus estados financieros </strong><strong>las personas físicas con actividad empresarial y personas morales que:</strong></p>



<ul>
<li>En el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a <strong>$157,785,270.00.</strong></li>
</ul>



<ul>
<li>El valor de su activo determinado en los términos de las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, sea superior a&nbsp;<strong>$124,650,380.00<br><br></strong></li>



<li>Por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué integra el dictamen?</strong></h2>



<p>El dictamen no es un documento aislado. Se integra por el dictamen y <strong>anexos</strong>, más la <strong>opinión e informe</strong> sobre revisión de la situación fiscal, <strong>cuestionarios de diagnóstico</strong> y, cuando aplica, elementos vinculados a <strong>precios de transferencia.</strong></p>



<p>Además, hay un punto que muchos subestiman: la evidencia de revisión. La norma contempla el envío de papeles de trabajo o evidencia que demuestre procedimientos, conclusiones y evaluación de control interno, conforme a normas de auditoría aplicables.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo se presenta y qué se necesita?</strong></h2>



<p>El SAT diseñó el Sistema de Presentación de Dictamen (SIPRED) para facilitar el cumplimiento de la presentación del dictamen y el envío de los papeles de trabajo vía internet.</p>



<p>Dos puntos operativos definen si tu envío se considera presentado:</p>



<ol type="1" start="1">
<li><strong>Firma electrónica</strong>: contribuyente y contador público inscrito deben contar con certificado vigente para usar el servicio de envío.</li>



<li><strong>Acuse de aceptación</strong>: la fecha de presentación es la fecha en que la autoridad recibe correctamente la información y emite acuse de aceptación.</li>
</ol>



<p>Y hay un tercer punto crítico: si el archivo se rechaza por validaciones, hay reglas sobre reenvío para considerarlo presentado en tiempo, ligadas al último día permitido.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Errores comunes en la presentación del dictamen</strong></h2>



<p>Lo que más cuesta no es hacer el dictamen. Es el retrabajo por fallas previsibles. Las más comunes:</p>



<ul>
<li><strong>Inconsistencias</strong> entre contabilidad, declaración anual y papeles de soporte.</li>



<li><strong>Anexos incompletos</strong> o cuestionarios sin sustento documental.</li>



<li><strong>Validaciones del sistema</strong>: archivo mal integrado, estructura incorrecta o revisiones pendientes que bloquean aceptación.</li>



<li><strong>Firma electrónica vencida</strong> o sin capacidad operativa el día del envío.</li>



<li><strong>Corregir tarde</strong>: si del dictamen resultan diferencias de impuestos, existen plazos específicos para enterarlas vía declaración complementaria.</li>
</ul>



<p>La prevención se resume en una palabra: control. Control de calendario, de evidencias y de consistencia entre lo que se declara y lo que se sostiene.</p>



<p>Es importante mencionar que, <strong>las multas por no presentar el dictamen en tiempo y forma, van de los $17,330 a los $173,230 pesos mexicanos</strong>. Además, se corre el riesgo de que restringan el Certificado de Sello Digital, perder beneficios fiscales, y ser seleccionado para una revisión profunda por parte de la autoridad.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Checklist operativo, de cierre a envío sin retrabajos</strong></h2>



<p>Usa este checklist como control interno del proyecto:</p>



<figure class="wp-block-table"><table><tbody><tr><td><strong>Etapa</strong></td><td><strong>Lo que se valida</strong></td><td><strong>Entregable mínimo</strong></td><td><strong>Riesgo si se omite</strong></td></tr><tr><td>Definición de alcance</td><td>Obligación u opción, calendario y responsables</td><td>Plan de trabajo con hitos</td><td>Llegar tarde y “corregir a ciegas”</td></tr><tr><td>Cierre contable</td><td>Integridad de pólizas, conciliaciones y soportes</td><td>Paquete de cierre y conciliaciones</td><td>Diferencias contables que “aparecen” al final</td></tr><tr><td>Consistencia fiscal</td><td>Declaraciones, pagos, CFDI, retenciones, conciliaciones fiscales</td><td>Matriz de consistencia</td><td>Observaciones repetidas y retrabajo</td></tr><tr><td>Anexos y cuestionarios</td><td>Integración completa en sistema</td><td>Archivo listo y validado</td><td>Rechazo del envío o anexos incompletos</td></tr><tr><td>Evidencia de revisión</td><td>Procedimientos, conclusiones, control interno</td><td>Papeles de trabajo organizados</td><td>Falta de soporte ante revisión</td></tr><tr><td>Firma y envío</td><td>e.firma vigente, pruebas de envío, acuse</td><td>Acuse de aceptación</td><td>“Enviado” no siempre es “presentado”</td></tr></tbody></table></figure>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Diagnóstico rápido, para aclarar tu panorama</strong></h2>



<p>Para tomar control, responde internamente estas preguntas:</p>



<ol type="1" start="1">
<li>¿Tu contabilidad y tus declaraciones “amarran” hoy, o todavía hay conciliaciones abiertas?</li>



<li>¿Tienes evidencia organizada para sostener lo que se contesta en anexos y cuestionarios, o dependerá de búsquedas de último minuto?</li>



<li>Si mañana tuvieras que enviar el dictamen, ¿la firma electrónica de los responsables está vigente y operativa, ya probaste el flujo de envío y aceptación?</li>
</ol>



<p>Si alguna respuesta es “no” o “no estoy seguro”, lo más conveniente es estructurar el proyecto desde ahora.</p>



<p>En Lofton acompañamos a empresas obligadas y no obligadas que quieren usar el dictamen como herramienta de control, no solo como un trámite de cumplimiento.</p>



<p>Abordamos el Dictamen Fiscal como un proyecto con método: diagnóstico inicial, planeación, integración de anexos, identificación de focos rojos y preparación de evidencia, con un enfoque preventivo para reducir rechazos y retrabajos.</p>



<p>Si quieres, agenda una revisión para identificar brechas de información y riesgos operativos antes de que el calendario te presione.<br><br><em>Contenido informativo, para un análisis puntual se requiere revisar el caso.</em></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Dictamen Fiscal, una herramienta que da valor y certidumbre</title>
		<link>https://loftonsc.com/marketing-digital/dictamen-fiscal-2017-2-art/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Jun 2017 11:27:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Marketing Digital]]></category>
		<category><![CDATA[Auditoría]]></category>
		<category><![CDATA[autoridades hacendarias]]></category>
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		<category><![CDATA[Normas Internacionales de Información Financiera]]></category>
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		<category><![CDATA[Secretaría de Hacienda y Crédito Público]]></category>
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					<description><![CDATA[El Dictamen Fiscal permite a las empresas asegurarse de que sus impuestos están siendo pagados de forma adecuada. Este dictamen es un documento legal reconocido ante las autoridades hacendarias]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Toda empresa que se preocupe por mantener una buena imagen fiscal ante las autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) debe apoyarse de un Dictamen<a href="http://www.loftonsc.com/blog/dictamen-fiscal-2017/"> Fiscal;</a> el cual es un informe que permite a los contribuyentes saber el estatuto de su situación fiscal. Lo anterior se hace en apego a las leyes fiscales vigentes;  garantizando el cumplimiento adecuado de sus obligaciones.</p>
<p>El <a href="https://loftonsc.com/auditoria/auditoria-fiscal/dictamen-fiscal/" target="_blank" rel="noopener">Dictamen fiscal</a> es un documento legal de control financiero que es realizado por un Contador Público Registrado, el cual debe estar  al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de acuerdo al art. 52 del Código Fiscal de la Federación.</p>
<p>Dicho especialista cuenta con el conocimiento y la capacidad necesaria para auditar los <strong>estados financieros</strong> de una empresa de acuerdo con las <strong>Normas y Procedimientos de Auditoría</strong> y; con base a la información recabada, emite una opinión sobre la situación económica de la organización.</p>
<p>El SIPRED es la herramienta digital del SAT, mediante la cual se realiza dicho trámite.</p>
<p>El auditor puede concluir su dictamen en cuatro tipos:</p>
<p>&#8211;<strong>Sin Salvedades</strong>: cuando no se encuentran irregularidades en los estados financieros de la organización.</p>
<p>&#8211;<strong>Con Salvedades</strong>: cuando los estados financieros presentan algunos errores que no son de gran magnitud.</p>
<p>&#8211;<strong>Negativo</strong>: cuando los estados financieros muestran errores que no son congruentes con las NIF´S.</p>
<p>&#8211;<strong>Con abstención de opinión</strong>: cuando el contador se abstiene de emitir una opinión debido a que los estados financieros no cumplen con las normas establecidas o hubo alguna acción por parte de la empresa que impidió al auditor realizar una evaluación acertada.</p>
<h4>ES UN DOCUMENTO OFICIAL</h4>
<p>El documento, aceptado legalmente por la <a href="https://www.gob.mx/hacienda" target="_blank" rel="noopener">SHCP</a>, permite a la empresa asegurarse del pago correcto de impuestos  y al mismo tiempo protegerse ante posibles dudas que las autoridades de Hacienda tengan sobre la situación fiscal, el control interno y el manejo de capital de la organización.</p>
<p>A partir del 2014, el<strong> Dictamen Fiscal</strong> dejó de ser un requisito obligatorio; pero altamente recomendado para toda persona física con actividades empresariales o moral, de acuerdo al artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación.</p>
<p>Además de atender los siguientes supuestos:</p>
<ul>
<li>En el ejercicio fiscal anterior hayan tenido ingresos acumulables superiores a los 100 millones de pesos.</li>
<li>Que hayan calculado el valor de sus activos  a una cantidad mayor a los 79 millones de pesos. Lo anterior se determina de acuerdo a las Reglas de Carácter General emitidas por el SAT.</li>
<li>Que hayan contratado a más de 300 trabajadores durante el año.</li>
</ul>
<p>Dentro de los beneficios que puede adquirir una organización que recurra al Dictamen Fiscal está el no tener que recibir visitas domiciliadas por parte de Hacienda y que en caso de requerir alguna aclaración sobre la situación fiscal del contribuyente, la autoridad hacendaria revise, en primer plano, los documentos adscritos por parte del contador público que realizó la auditoría.</p>
<p>Las fechas para presentar a más tardar dicho dictamen, son las siguientes:</p>
<ul>
<li>El 15 de julio.</li>
<li>En caso de que se anexe el documento &#8220;Relación de Contribuciones por Pagar&#8221; se puede presentar el 31 de julio.</li>
<li>Para el caso de Sociedades Controladoras se presentaría  a más tardar el 29 de agosto.</li>
</ul>
<p>Es importante estar al corriente con tus obligaciones fiscales, evitando multas o gastos innecesarios. Para este tipo de trámites es oportuno que busques la asesoría de un especialista.</p>
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		<title>Conoce a detalle el Dictamen Fiscal 2017</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Jun 2017 06:43:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Marketing Digital]]></category>
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		<category><![CDATA[dictamen fiscal]]></category>
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		<category><![CDATA[situación fiscal]]></category>
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					<description><![CDATA[Conoce las especificaciones generales sobre el Dictamen Fiscal 2017. Para mayor información, contacta con nuestros especialistas; y recuerda que debes mantenerte al corriente con tus obligaciones fiscales, de esta manera podrás evitar multas y problemas a futuro. Además, ofrecemos una variedad de servicios para cualquier inconveniente que puedas tener. Asimismo, consulta nuestro blog y mantente [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Conoce las<a href="http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/dictamen_fiscal_info_alternativa/Paginas/dictamen_fiscal.aspx" target="_blank" rel="noopener"> especificaciones generale</a>s sobre el Dictamen Fiscal 2017. Para mayor información, contacta con nuestros especialistas; y recuerda que debes mantenerte al corriente con tus obligaciones fiscales, de esta manera podrás evitar multas y problemas a futuro. Además, ofrecemos una variedad de servicios para cualquier inconveniente que puedas tener. Asimismo, consulta nuestro blog y mantente actualizado. </p>


<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="380" src="https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2022/03/slider-auditoria-dictamen-fiscal-lofton-1024x380.jpg" alt="" class="wp-image-27662" srcset="https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2022/03/slider-auditoria-dictamen-fiscal-lofton-1024x380.jpg 1024w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2022/03/slider-auditoria-dictamen-fiscal-lofton-300x111.jpg 300w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2022/03/slider-auditoria-dictamen-fiscal-lofton-768x285.jpg 768w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2022/03/slider-auditoria-dictamen-fiscal-lofton-600x222.jpg 600w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2022/03/slider-auditoria-dictamen-fiscal-lofton.jpg 1349w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>
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