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	<title>STPS &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
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	<description>Nuestros servicios de auditoría detectan y previenen situaciones de riesgo en las empresas a través estrategias fiscales, financieras y operativas</description>
	<lastBuildDate>Thu, 07 Dec 2023 23:26:15 +0000</lastBuildDate>
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	<title>STPS &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
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		<title>Lo que debes saber sobre la nueva tabla de enfermedades de trabajo en México</title>
		<link>https://loftonsc.com/juridico-laboral/lo-que-debes-saber-sobre-la-nueva-tabla-de-enfermedades-de-trabajo-en-mexico/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lofton]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Dec 2023 19:30:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico laboral]]></category>
		<category><![CDATA[enfermedades de trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[STPS]]></category>
		<category><![CDATA[tabla de enfermedades]]></category>
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					<description><![CDATA[Te contamos cuando entra en vigor esta nueva tabla, los principales cambios que se hicieron, y otros datos importantes. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reforman los artículos 513, 514 y 515 de la Ley Federal del [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-black-color has-text-color"><em>Te contamos cuando entra en vigor esta nueva tabla, los principales cambios que se hicieron, y otros datos importantes.</em></p>



<p class="has-black-color has-text-color">La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reforman los artículos 513, 514 y 515 de la Ley Federal del Trabajo en materia de tabla de enfermedades del trabajo. <strong>Esta reforma entró en vigor el 5 de diciembre de 2023.</strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color">En esta lista, que no se modificaba desde hace poco mas de 50 años, se incorporan nuevas y distintas patologías, se eliminaron algunos padecimientos, y otros fueron agrupados.</p>



<p class="has-black-color has-text-color"><strong>La nueva tabla reconoce</strong> <strong>88 nuevas enfermedades laborales</strong> en diferentes categorías, pasando de 161 a 194.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Algunos de los cambios que más destacan son que:</p>



<ul>
<li><strong>Se reconocen por primera vez los trastornos mentales</strong>, como el estrés, la ansiedad, depresión e insomnio.</li>



<li><strong>Se incorporan enfermedades específicas de la mujer</strong> como la endometriosis y pérdida del embarazo.</li>



<li><strong>Las enfermedades infecciosas y parasitarias aumentan de 21 a 41</strong>, entre ellas, se destaca la <strong>incorporación del COVID-19</strong></li>



<li><strong>El espectro de cánceres de origen laboral se amplió de 4 a 30</strong></li>



<li><strong>Las enfermedades ocasionadas por intoxicación aumentan de 36 a 46</strong></li>



<li><strong>Se crea el grupo de enfermedades del sistema digestivo,</strong> agrupando 3 patologías.</li>
</ul>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuál fue el proceso para actualizar esta tabla?</strong></h2>



<p class="has-black-color has-text-color">La STPS dio a conocer que en el proceso de actualización de esta lista, participaron 50 especialistas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), peritos dictaminadores de la Junta Federal de Conciliación y arbitraje, médicos de medicina del trabajo y otras especialidades, asociados en las agrupaciones médicas de salud en el trabajo del país.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Además, <strong>esta nueva tabla está alineada con la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-11 de la Organización Mundial de la Salud</strong>, que entró en vigor el 11 de febrero de 2022, por lo que está actualizada con los últimos avances en medicina y salud en el trabajo.</p>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Se establecen las cédulas para la valuación de enfermedades y un plazo fijo para actualización</strong></h2>



<p class="has-black-color has-text-color">La reforma también plantea la publicación en el DOF, del <strong><em>Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo</em></strong>. Este documento contendrá la descripción de los padecimientos y otros datos importantes, por lo que <strong>servirá como apoyo para la correcta evaluación y dictaminación que realizan los peritos médicos dictaminadores en medicina del trabajo</strong>, donde se señala la relación causal del trabajo-daño.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">En ese sentido, la STPS tiene un plazo de 45 días hábiles para publicar el Catálogo de Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo. El titular de esta dependencia, Marath Baruch Bolaños, informó que será el 11 de diciembre cuando se presente dicho catálogo para su aprobación, en la Comisión Consultiva de Seguridad y Salud Social en el Trabajo.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">De igual forma, <strong>la tabla y el catálogo serán revisados al menos cada cinco años a partir de su publicación, o cuando los avances de la medicina del trabajo lo requieran</strong>, a fin de asegurar su revisión y actualización continua.</p>



<p></p>



<p class="has-text-color has-medium-font-size" style="color:#225a40"><strong>¿Dudas sobre este tema? Acércate a Lofton</strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color">Nuestros especialistas en <strong><a href="https://loftonsc.com/juridico/juridico-laboral/" data-type="link" data-id="https://loftonsc.com/juridico/juridico-laboral/">Jurídico Laboral</a></strong> se mantienen en contante actualización sobre las normativas vigentes para ayudarte a gestionarlas y aplicarlas.</p>



<p class="has-black-color has-text-color">Contáctanos si necesitas asesoría sobre este u otro tema relacionado.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>La STPS publicó el nuevo Programa de Inspección 2022</title>
		<link>https://loftonsc.com/juridico-laboral/stps-programa-de-inspeccion-2022/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 Jul 2022 23:22:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Inspecciones de trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[STPS]]></category>
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					<description><![CDATA[La Secretaría de Trabajo y Previsión Social ha presentado el Programa de Inspección Federal del Trabajo 2022, en el cual se señalan las líneas de acción en función de la vigilancia del cumplimiento de la normatividad laboral durante el año 2022. Mediante la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y las Oficinas de Representación [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La Secretaría de Trabajo y Previsión Social ha presentado el Programa de Inspección Federal del Trabajo 2022, en el cual se señalan las líneas de acción en función de la vigilancia del cumplimiento de la normatividad laboral durante el año 2022.</p>



<p>Mediante la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y las Oficinas de Representación Federal del Trabajo, la Unidad de Trabajo digno supervisará a empresas registradas en el <a href="https://loftonsc.com/blog/juridico/juridico-laboral/requisitos-registro-padron-servicios-especializados/">Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas</a> mediante inspecciones.</p>



<p>Con la finalidad de ejecutar las inspecciones anteriormente mencionadas, se ha buscado capacitar a los Inspectores Federales de Trabajo para generar una homologación de criterios y así verificar el cumplimiento de la normatividad laboral.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Finalidad de Programa de Inspecciones Laborales 2022</strong></h2>



<p>Con el nuevo <a href="https://www.gob.mx/stps/documentos/programa-de-inspeccion-2022" target="_blank" aria-label="undefined (abre en una nueva pestaña)" rel="noreferrer noopener">documento</a> del Programa de Inspección Federal del Trabajo se busca el establecimiento de estrategias y líneas de acción para realizar inspecciones del trabajo en múltiples materias de ámbito federal, todo en pro a favorecer las condiciones laborales y garantizar los derechos de los trabajadores.</p>



<p>Cabe destacar que el nuevo programa da pie a nuevas acciones de vigilancia mediante el uso de tecnología alternos a la inspección tradicional para la mejora de condiciones laborales, productividad y la permanencia de fuentes de empleo.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estrategias y líneas de acción</strong></h2>



<p>La STPS ha establecido 7 estrategias, cada una con sus líneas de acción correspondientes para el cumplimiento de los objetivos antes mencionados.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estrategia 1</strong></h2>



<p>Se busca modernizar el marco normativo de la Inspección Federal del Trabajo y sus herramientas tecnológicas.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Línea de acción 1</strong></h3>



<p>Busca la transparencia en la aplicación de normas e inhibir los posibles actos de corrupción, así como atender las nuevas disposiciones normativas en materia laboral para dar mayor claridad y certeza jurídica a las actualizaciones de inspección.</p>



<p>Así mismo se llevará a cabo la reforma integral al Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones en los cuales se contempla:</p>



<ul><li>Reducir los plazos de atención de medidas identificadas durante las inspecciones federales de trabajo</li><li>Modificar el proceso en caso de negativa patronal</li><li>Establecer la existencia de los procesos de inspección y el elemento sancionador. Incorporar los nuevos mecanismos de verificación voluntaria.</li></ul>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Línea de acción 2</strong></h3>



<p>Se busca modernizar el Sistema Informático de Apoyo al Proceso Inspectivo para mejorar su eficacia y convertirlo en una herramienta para la atención, seguimiento y supervisión de quejas, denuncias, accidentes y siniestros de los cuales el STPS tenga conocimiento.</p>



<p>Dicho sistema se compone de 3 módulos:</p>



<ul><li>Quejas</li><li>Denuncias</li><li>Accidentes y siniestros</li></ul>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Línea de acción 3</strong></h3>



<p>Es fundamental contar con un directorio nacional de empresas actualizado gracias a la utilización de diversas fuentes de información entre las áreas que integran la STPS.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estrategia 2</strong></h2>



<p>Como lo mencionamos en nuestro blog <a href="https://loftonsc.com/blog/juridico/juridico-laboral/la-stps-podra-cruzar-informacion-con-sat-imss-shcp-para-su-nuevo-modelo-de-inspecciones-laborales/">la STPS podrá cruzar información con SAT, IMSS, SHCP para nuevo modelo de inspecciones laborales</a> se dará prioridad a sectores específicos donde son participen trabajadores en condiciones de alto riesgo como en minas, campos agrícolas y&nbsp; el sector químico.</p>



<p>Es importante mencionar que se dará vigilancia al cumplimiento de las obligaciones de naturaleza económica como:</p>



<ul><li>Aguinaldo</li><li>Salario mínimo</li><li>Participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa</li></ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estrategia 3</strong></h2>



<p>Como mencionamos anteriormente una de las prioridades de la STPS con el nuevo Programa de Inspección 2022 es estandarizar la actualización de los inspectores federales del trabajo con la finalidad de hacer más eficiente y homologar los criterios de inspección para ofrecer seguridad jurídica dentro del Marco Legal.</p>



<p>La Unidad de Trabajo Digno a través de la Dirección General de inspección Federal de Trabajo en coordinación con IMPAQ. Elaborarán 2 nuevos protocolos en materia de Equidad de Género y Subcontratación; así mismo continuarán los protocolos relacionados al trabajo infantil y trata de personas.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estrategia 4</strong></h2>



<p>La STPS se encargará de dar supervisión y seguimiento a los procesos de inspección implementados por las oficinas de representación Federal del Trabajo y sus Unidades Subalternas.</p>



<p>Esto mismo se logrará mediante el establecimiento de un programa de supervisión; la administración y seguimiento de la atención a quejas y denuncias ciudadanas.</p>



<p>Así mismo se establece que la Dirección General de inspección Federal del Trabajo podrá realizar visitas de supervisión tanto presenciales como documentales. Estos tipos de visitas ya estaban contemplados antes del nuevo Programa de Inspección 2022, sin embargo el énfasis será en los soportes documentales.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estrategia 5</strong></h2>



<p>Como bien se establece&nbsp; en la reforma de materia de outsourcing, la subcontratación de personal está prohibida, permitiéndose únicamente la contratación de <a href="https://loftonsc.com/juridico/juridico-laboral/servicios-especializados/">servicios especializados</a>; por lo tanto la STPS y la Unidad de Trabajo Digno llevarán a cabo la estrategia de vigilancia, con la finalidad de hacer cumplir las nuevas disposiciones normativas en materia de subcontratación a través de la Dirección General de Inspección Federal del trabajo.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estrategia 6</strong></h2>



<p>Las estrategias a llevar a cabo son fundamentadas en el bienestar del trabajador, por lo tanto, la Unidad de Trabajo Digno&nbsp; a través de la Dirección General de Previsión Social y las oficinas de Representación Federal del Trabajo auxiliadas por la Dirección General de inspección&nbsp; Federal del Trabajo&nbsp; buscarán impulsar y fortalecer el trabajo digno con el uso de tecnologías para:</p>



<ul><li>Ampliar la cobertura de centros de trabajos verificados</li><li>Dar a conocer acciones que fortalezcan las condiciones de las personas trabajadoras vulnerables</li><li>Iniciar la operación del sistema de acreditación de buenas prácticas laborales y trabajo digno</li><li>Actualizar el marco normativo en materia de seguridad y salud en el trabajo</li></ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estrategia 7</strong></h2>



<p>Por último, teniendo en cuenta que la labor de la inspección recae en los servidores públicos vinculados con el mismo proceso, se buscará capacitarlos de manera especializada para lograr la eficiencia y eficacia en la aplicación de cada uno de los procesos.</p>



<p>Estas capacitaciones se realizarán de forma permanente y obligatoria siempre con base en el Programa de Capacitación anual que establece la Dirección General de inspección Federal del Trabajo.&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué debe cuidar mi empresa?</strong></h2>



<p>Es de suma importancia tener especial atención en cuidar cada uno de los aspectos relacionados con el cumplimiento del ámbito jurídico, en materia de trabajo y previsión social, para que tu empresa pueda funcionar de manera regular y este apegada al nuevo Programa de Inspección 2022.</p>



<p>Con cada una de las nuevas estrategias establecidas y normas se vuelve un reto tener el cumplimiento de temas fiscales, de seguridad social y laborales.</p>



<p>Hay que recordar que cada uno de los aspectos establecidos por la ley, es para asegurar el bienestar de la empresa, del trabajador y del país en tanto que cada una de las empresas conforman un eslabón importante en la cadena de producción para la eficiencia de las industrias.</p>



<p><strong>Soluciones Lofton</strong></p>



<p>En Lofton trabajamos con diversos clientes, con los cuales tenemos la oportunidad de garantizar la calidad en cada uno de los proyectos que nos presenten, con la finalidad del cumplimiento de diversos ámbitos en los cuales nuestros expertos puedan ser requeridos.</p>



<p>Contamos con un área de expertos en <a href="https://loftonsc.com/juridico/juridico-laboral/">Jurídico Laboral</a> que ayudarán a tu empresa a atender una inspección de trabajo y así asegurar el cumplimiento de las leyes y la función regular de tu empresa.</p>



<p><strong>Erik Lozano</strong></p>



<p><strong>Socio de Jurídico Laboral de Lofton</strong></p>



<h2 class="wp-block-heading"></h2>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>La STPS publicó la guía de cumplimiento del PTU</title>
		<link>https://loftonsc.com/juridico-laboral/la-stps-publico-la-guia-de-cumplimiento-del-ptu/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2022 23:41:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico laboral]]></category>
		<category><![CDATA[PTU]]></category>
		<category><![CDATA[STPS]]></category>
		<category><![CDATA[utilidades]]></category>
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					<description><![CDATA[La Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó la Guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades, con la finalidad de que todas las empresas cuenten con información clara sobre el cumplimiento que tienen que hacer de este derecho constitucional. El documento complementa la información que las autoridades laborales han realizado [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó la <em>Guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades</em>, con la finalidad de que todas las empresas cuenten con información clara sobre el cumplimiento que tienen que hacer de este derecho constitucional.</p>



<p>El documento complementa la información que las autoridades laborales han realizado a raíz de la <a href="https://loftonsc.com/blog/juridico/juridico-laboral/la-reforma-al-outsourcing/">Reforma al outsourcing</a>, la cual consistió en una serie de modificaciones a diversos ordenamientos:</p>



<ul><li>Ley Federal del Trabajo</li><li>Ley del Seguro Social</li><li>Ley del Infonavit</li><li>Código Fiscal de la Federación</li><li>Ley del ISR</li></ul>



<p>Entre las modificaciones que ya hemos abordado en anteriores blogs, se encuentran las relacionadas a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas, el pago del PTU.</p>



<p>Ahora, con la <a href="https://loftonsc.com/ebook/reforma-al-outsourcing/">Reforma al outsourcing</a> se limitó el monto de PTU a tres meses de salario o el promedio de la participación recibida al empleado, aplicándose el que resulte más favorable al trabajador.</p>



<p>Estas modificaciones serán aplicables a 2022, y han surgido diversas dudas sobre el cumplimiento que deben tener las empresas a raíz de estas modificaciones. Sobre todo relacionadas con el salario a considerar para la determinación, si hay excedente del PTU y si esto tendrá consecuencias en otros ejercicios, o bien cómo hacer el cálculo cuando se ha llevado a cabo la sustitución patronal, entre otras.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>La Guía de cumplimiento de la STPS</strong></h2>



<p>Dentro de los puntos más relevantes que tenemos de la <em>Guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades </em>hay dos grandes rubros.</p>



<ol type="1"><li>El cálculo del porcentaje de participación</li><li>Los montos conforme a la LFT</li></ol>



<p>Veamos en qué consiste cada uno.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>El cálculo del porcentaje del PTU</strong></h3>



<p>A raíz de la reforma al outsourcing el cálculo del porcentaje de participación para los trabajadores en las utilidades debe corresponder <strong>al 10% sobre la renta gravable</strong>, tal como fue determinado mediante la Resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de septiembre de 2020. La utilidad repartida podrá ser dividida en dos partes iguales</p>



<ol type="1"><li>La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios;</li><li>La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.</li></ol>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Los montos conforme a la LFT</strong></h3>



<p>De acuerdo con la STP y lo establecido en el artículo 127 de la Ley Federal de Trabajo deberá pagar a los trabajadores el 10% de las utilidades de la empresa conforme a lo estipulado en el marco legal vigente.</p>



<p>La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales, conforme a lo establecido en el artículo 123 de la LFT:</p>



<ol type="1"><li>La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios;</li><li>Y la segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.</li></ol>



<p>A su vez, la autoridad señala que si el monto de 10% sea superior a 90 días del salario del trabajador, se establecerán los 90 días como límite máximo de PTU. Si el promedio de PTU pagado por la empresa es superior a los 90 días, se optará por esta cantidad, o la que resulte en mayor beneficio para el trabajador.</p>



<p><strong>Soluciones Lofton</strong></p>



<p>Si tienes alguna duda con el cálculo del PTU de tus trabajadores, o quieres contar con una asesoría que te brinde buenas prácticas de cumplimiento, nuestros especialistas en <a href="https://loftonsc.com/juridico/juridico-laboral/">Jurídico Laboral</a> de Lofton pueden ayudarte, con estrategias eficaces que cuidan el patrimonio de las empresas.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>STPS publicó los requisitos para el registro al Padrón de Servicios Especializados</title>
		<link>https://loftonsc.com/nominas/requisitos-registro-padron-servicios-especializados/</link>
					<comments>https://loftonsc.com/nominas/requisitos-registro-padron-servicios-especializados/#comments</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 May 2021 18:08:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Nóminas]]></category>
		<category><![CDATA[Outsourcing]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios especializados]]></category>
		<category><![CDATA[STPS]]></category>
		<category><![CDATA[Subcontratación]]></category>
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					<description><![CDATA[La Secretaría del Trabajo y Previsión social publicó en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones para el registro de personas físicas y morales que presten servicios u obras especializados, como se tenía contemplado en la reciente Reforma al outsourcing. Recordemos que a partir de la Reforma, queda prohibida la subcontratación de personal. Lo [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La Secretaría del Trabajo y Previsión social publicó en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones para el registro de personas físicas y morales que presten servicios u obras especializados, como se tenía contemplado en la reciente <a href="https://loftonsc.com/blog/juridico/juridico-laboral/la-reforma-al-outsourcing/">Reforma al outsourcing</a>.</p>



<p>Recordemos que a partir de la Reforma, queda prohibida la subcontratación de personal. Lo que se permite ahora es la <strong>prestación de servicios especializados</strong>, siempre y cuando estos servicios no formen parte de la actividad económica preponderante de la empresa que requiera contratar estos servicios.</p>



<p>Ahora, todas las empresas que deseen registrarse como Prestadoras de servicios especializados deberán establecer con precisión el giro o tipo de obra que brindarán, además de acreditar con diversos documentos, el carácter especializado de sus trabajos u obras, principalmente en estos rubros:</p>



<ul style="font-size:21px"><li>capacitación</li><li>certificaciones</li><li>permisos o licencias que regulen la actividad</li><li>equipamiento</li><li>tecnología</li><li>activos</li><li>maquinaria</li><li>nivel de riesgo</li><li>rango salarial promedio</li><li>experiencia, entre otros.</li></ul>



<h2 class="wp-block-heading" style="font-size:32px"><strong>Requisitos para el registro al Padrón de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas</strong></h2>



<p>Las empresas que por obligación deban registrarse en el Padrón deberán acceder a la plataforma <a href="http://repse.stps.gob.mx" target="_blank" rel="noopener">http://repse.stps.gob.mx</a> y declarar la siguiente información:</p>



<ol type="1" style="font-size:21px"><li>Firma electrónica (FIEL) vigente</li><li>Nombre, denominación o razón social (persona moral); o nombre completo (persona física)</li><li>Nombre comercial</li><li>Entidad Federativa</li><li>RFC</li><li>Domicilio completo</li><li>Geolocalización</li><li>Contacto de teléfono y correo electrónico</li><li>Datos completos de Acta Constitutiva</li><li>Registro Patronal ante el IMSS</li><li>Datos del representante legal de la empresa de servicios especializados</li><li>Afiliación ante el Infonacot</li><li>Número total de trabajadores</li><li>Actividad Económica especializada conforme al <strong>&#8220;Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riegos de trabajo&#8221;</strong> del IMSS (pendiente de publicar)</li><li>Tipo de actividades que desea ser registrada en el padrón</li><li>Actividad económica preponderante de la empresa</li></ol>



<p>Otro requisito indispensable para el Registro al Padrón de Empresas prestadoras de Servicios u Obras Especializadas será <strong>estar al corriente de las obligaciones fiscales y de seguridad social </strong>ante el SAT e IMSS.</p>



<h2 class="wp-block-heading" style="font-size:32px"><strong>Documentos electrónicos para el registro en el Padrón</strong></h2>



<p>Así entonces, la empresas y personas físicas deberán registrar en la página de la STPS los siguientes documentos en formato PDF o XML:</p>



<ul style="font-size:21px"><li>Identificación oficial vigente del representante legal</li><li>Poder Notarial</li><li>Comprobante de nómina</li><li>Acta Constitutiva y el objeto social vigente</li><li>Inscripción del RFC</li><li>Registro Patronal ante el IMSS</li><li>Comprobante de Domicilio</li></ul>



<p>Una vez realizada la carga de la información, se asignará un número de folio para que la STPS, vía la plataforma, dé respuesta a la solicitud de registro en un plazo no mayor a <strong>20 días hábiles</strong>. Si la Secretaría no se pronuncia dentro de ese tiempo, se dará por valido el procedimiento. En el aviso de registro bene quedar asentado:</p>



<ul style="font-size:21px"><li>número de registro</li><li>folio por cada servicio u obra de carácter especializado</li><li>nombre del servicio u obra especializada y</li><li>nombre de la persona física o moral titular</li></ul>



<p>La STPS podrá <strong>cancelar el registro</strong> si detecta incumplimiento, falta de información, adeudos tributarios o de seguridad social o por incumplimiento a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación.</p>



<p>La vigencia del registro será de <strong>3 años</strong>, después tendrá que renovarse.</p>



<p>En los contratos que los contratantes celebren con empresas de servicios especializados deberá constar el registro y folio de la actividad u obra especializada vigente de dichas empresas.</p>



<h2 class="wp-block-heading" style="font-size:32px"><strong>Con Lofton podemos ayudarte a encontrar soluciones viables a tu empresa</strong></h2>



<p>Ofrecemos soluciones integrales a nuestros clientes, que les permitan acceder a los beneficios de esta nueva figura de relación laboral, mediante dos vertientes principales.</p>



<p>Si tu empresa requiere <strong>asesoría especializada</strong>, con nuestro servicio de <a href="https://loftonsc.com/juridico/juridico-laboral/servicios-especializados/">Acompañamiento legal</a> &nbsp;te brindamos todas las herramientas para la transición y el cumplimiento legal, para que puedas utilizar la nueva figura de subcontratación de Servicios Especializados, hagas los registros patronales correspondientes y cumplas con el pago de tus obligaciones fiscales.</p>



<p>Si tu empresa requiere optar por la opción de mantener personal especializado en su plantilla, con nuestro servicio de <a href="https://loftonsc.com/nominas/administracion-de-nomina/">Subcontratación de Servicios Especializados</a> te brindaremos alternativas viables para que puedas subcontratar personal y sobre todo, tengas la certidumbre de que estás cumpliendo con las nuevas normativas laborales.</p>



<p>Acércate con nosotros, seguro encontraremos soluciones efectivas que den certidumbre y seguridad a tu empresa.</p>



<p><strong>Lic. Erik Lozano, Socio de <a href="https://loftonsc.com/juridico/juridico-laboral/">Jurídico Laboral</a> de Lofton</strong></p>



<p><em>Enlaces relacionados:</em></p>



<p><em>Si quieres conocer a detalle todos los pormenores de la Reforma al outsourcing, en este webinar nuestro socio del área laboral analiza los principales cambios en LFT, LIMSS, LIFONAVIT, CFF, LISR y LIVA. </em>&nbsp;¡No te lo pierdas!</p>



<p><a href="https://www.youtube.com/watch?v=E23IX8s1p1M" target="_blank" rel="noopener">Outsourcing, soluciones de transición para empresas (VIDEO)</a></p>
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		<title>La STPS realizará inspecciones extraordinarias a centros de trabajo por la Declaración de emergencia por COVID-19 S</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 07 Apr 2020 23:54:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico laboral]]></category>
		<category><![CDATA[centros de trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[COVID-19]]></category>
		<category><![CDATA[emergencia sanitaria]]></category>
		<category><![CDATA[Inspecciones Laborales]]></category>
		<category><![CDATA[STPS]]></category>
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					<description><![CDATA[A partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, por parte del Consejo de Salubridad General, la Secretaría del Trabajo (STPS), en función de sus atribuciones, llevará a cabo inspecciones extraordinarias a los [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>A partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del <a href="https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&amp;fecha=31/03/2020" target="_blank" rel="noopener">Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria</a> por causa de fuerza mayor, por parte del Consejo de Salubridad General, la Secretaría del Trabajo (STPS), en función de sus atribuciones, llevará a cabo inspecciones extraordinarias a los centros de trabajo, con el fin del vigilar el cumplimiento de las acciones establecidas en el Acuerdo.</p>



<p>Las labores de vigilancia serán llevadas a cabo por parte de los Inspectores Federales de Trabajo Calificados y se centrarán en materia de Seguridad e Higiene, con base en la NOM-030, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Se realizarán inspecciones extraordinarias a todos los centros de trabajo?</h3>



<p>Como en casos de cualquier inspección de carácter extraordinario, la visita de los Inspectores de la Dirección General de Inspección General del Trabajo debe de tener causales o motivos que la propicien. Según la STPS, serán aquellas donde se tenga conocimiento por cualquier medio, que existen probables incumplimientos a las normas de trabajo, o bien,<strong> reciba quejas o denuncias de que los trabajadores laboran en condiciones que ponen en riesgo su salud o están expuestos al virus de COVID-19</strong>.</p>



<p>Es importante señalar aplicará para centros de trabajo con actividades esenciales y no esenciales que estén en funciones durante la contingencia sanitaria.</p>



<p><em>Tal vez te interese leer:</em><a href="https://loftonsc.com/juridico-laboral/implicacion-en-las-relaciones-laborales-ante-la-declaracion-de-emergencia-sanitaria-por-causa-de-fuerza-mayor/"> Implicación en las relaciones de trabajo por Declaración de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor</a></p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cómo sé si mi empresa puede seguir operando?</h2>



<p>Para que la autoridad determine si un centro de trabajo se encuentra autorizado para seguir operando, o en su caso, se deban suspender actividades, se contemplará lo siguiente.</p>



<ol><li><strong>Información general del centro de trabajo</strong><ul><li><strong>Datos generales</strong> como nombre, razón social, ubicación, contacto</li><li><strong>Documentación en regla</strong> como acta constitutiva, esquema de seguridad social, número de registro patronal, RFC, prima y clase de riesgo</li><li><strong>Tipo de centro de trabajo</strong>, como tipo de establecimiento y cómo se conforma, actividad de la empresa, número de trabajadores, sindicato, tipos de contratación, contrato colectivo, capital contable y domicilio</li></ul></li><li><strong>Descripción del proceso productivo o actividad económica</strong><ul><li>Descripción del proceso o actividad</li><li>Productos obtenidos o servicios otorgados</li><li>Desechos o residuos</li><li>Maquinaria y equipo</li></ul></li></ol>



<h3 class="wp-block-heading">Centros de trabajo con actividades esenciales y no esenciales</h3>



<p>Con estos elementos la
autoridad podrá permitir o detener las operaciones de cualquier empresa,
recordemos que en el Acuerdo publicado en el DOF se delimitan qué centros de
trabajo se consideran como esenciales y cuáles no.</p>



<p>Para los centros de
trabajo autorizados, se vigilará la implementación estricta de las medidas de
sana distancia emitidas por la Secretaría de Salud, así como las medidas
básicas de higiene ante la contingencia sanitaria.</p>



<p>Es muy importante que los
centros de trabajo no laboren personas consideradas como vulnerables, como
mayores de 60 años, embarazadas, o personas con diagnósticos de enfermedades,
las cuales la Secretaría de Salud también considera como población de riesgo.</p>



<p>Para los centros de
trabajo con actividades no esenciales, se deberá verificar por parte de los
patrones el correcto cierre, de ser necesario será escalonado, sobre todo en ramas
de la industria que, por su complejidad, deban mantener ciertas áreas operando
y deberá reportarse a Dirección General de Inspección Federal.</p>



<p>En Lofton, nuestros expertos
en materia laboral se encuentran debidamente capacitados para dar cauce a inspecciones
de trabajo, ya sean ordinarias o extraordinarias, además de que atienden los requerimientos
legales que conllevan estas inspecciones, para cuidar en todo momento la salvaguarda
de tu patrimonio.</p>



<p><em><strong>Con información de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social</strong></em></p>
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