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	<title>Infonavit &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
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	<link>https://loftonsc.com</link>
	<description>Nuestros servicios de auditoría detectan y previenen situaciones de riesgo en las empresas a través estrategias fiscales, financieras y operativas</description>
	<lastBuildDate>Mon, 03 Jun 2024 18:16:34 +0000</lastBuildDate>
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	<title>Infonavit &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
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	<item>
		<title>Informativas ICSOE y SISUB, claves para cumplimiento del REPSE</title>
		<link>https://loftonsc.com/juridico-laboral/informativas-icsoe-y-sisub-claves-para-cumplimiento-del-repse/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lofton]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 19 Apr 2024 01:32:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico laboral]]></category>
		<category><![CDATA[ICSOE]]></category>
		<category><![CDATA[Infonavit]]></category>
		<category><![CDATA[REPSE]]></category>
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					<description><![CDATA[Como bien sabemos, el REPSE (Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas) es un requisito obligatorio para las personas físicas y morales que ofrecen servicios especializados o ejecutan obras especializadas en México. Ahora bien, para garantizar el debido cumplimiento, los inscritos al REPSE deben cumplir con diversas obligaciones, como la renovación del registro [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Como bien sabemos, el REPSE (Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas) es un requisito obligatorio para las personas físicas y morales que ofrecen servicios especializados o ejecutan obras especializadas en México.</p>



<p>Ahora bien, para garantizar el debido cumplimiento, los inscritos al REPSE deben cumplir con diversas obligaciones, como la <a href="https://loftonsc.com/juridico-laboral/todo-lo-que-debes-saber-sobre-la-renovacion-del-repse/">renovación del registro cada 3 años</a>, y el envío de información al IMSS y el Infonavit, a través de los sistemas ICSOE y SISUB, respectivamente.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es ICSOE?</strong></h2>



<p>ICSOE (Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas) es la herramienta electrónica del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) donde los prestadores de servicios inscritos en el REPSE deben reportar, de manera cuatrimestral, la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o ejecución de obra especializada.</p>



<p>La información a presentar en el ICSOE es la siguiente:</p>



<ul>
<li>Información general del contratista y del contratante: Nombre, denominación o razón social, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), domicilio social, correo electrónico y teléfono.</li>
</ul>



<ul>
<li>Información de los contratos: Objeto y periodo de vigencia.</li>
</ul>



<ul>
<li>Información de los trabajadores: Número de seguridad social, CURP y salario base de cotización.</li>
</ul>



<ul>
<li>Documentos a adjuntar: copia del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuándo se presentan las informativas ICSOE?</strong></h3>



<p>Las informativas ICSOE deben presentarse a más tardar el día 17 de los meses de mayo, septiembre y enero, que corresponden al primer, segundo y tercer cuatrimestre del año respectivamente.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" fetchpriority="high" width="615" height="180" src="https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2024/04/Tabla-Informativas-ICSOE-y-SISUB.jpg" alt="" class="wp-image-30344" srcset="https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2024/04/Tabla-Informativas-ICSOE-y-SISUB.jpg 615w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2024/04/Tabla-Informativas-ICSOE-y-SISUB-300x88.jpg 300w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2024/04/Tabla-Informativas-ICSOE-y-SISUB-600x176.jpg 600w" sizes="(max-width: 615px) 100vw, 615px" /></figure></div>


<p>Es importante mencionar que <strong>la sanción por no enviar esta información al IMSS es de 500 a 2000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente un monto de $54,285.00 a $217,140.00</strong></p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Si no tengo contratos vigentes, ¿debo enviar la informativa ICSOE de todos modos?</strong></h3>



<p>En caso de no tener contratos vigentes durante el periodo a declarar, los contratistas pueden presentar una informativa sin información.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es SISUB?</strong></h2>



<p>SISUB (Sistema de Información de Subcontratación) es la herramienta electrónica del Infonavit (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) en la cual, los inscritos en el REPSE deben enviar la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializados, así como de los trabajadores que estuvieron vinculados a dichos contratos, incluyendo los datos del beneficiario del servicio del esquema de subcontratación.</p>



<p>En el caso del SISUB, la información se envía en tres archivos conocidos como layout:</p>



<p><strong>1. Información sujeto obligado.</strong> En este archivo se capturan la siguiente información:</p>



<ul>
<li>El cuatrimestre y año que se declara</li>



<li>Los datos de identificación (RFC, razón social, registro patronal, correo y teléfono)</li>



<li>Domicilio fiscal</li>



<li>Datos de la escritura pública</li>



<li>Montos de las aportaciones y amortizaciones</li>



<li>Número de registro ante la STPS</li>
</ul>



<p><strong>2. Detalle de trabajadores.</strong> Los datos que se solicitan en este archivo son:</p>



<ul>
<li>Cuatrimestre y año que se declara</li>



<li>Datos de identificación de los trabajadores (RFC, número de contrato, número de seguro social, registro patronal ante el IMSS, entre otros)</li>



<li>La determinación del salario base de aportación</li>
</ul>



<p><strong>3. Detalle de contrato.</strong> En este archivo se capturan:</p>



<ul>
<li>Cuatrimestre y año que se declara</li>



<li>Datos generales del contrato (RFC del sujeto obligado, objeto del contrato, fecha de inicio y término del contrato, entre otros)</li>



<li>Identificación del beneficiario de los servicios o trabajos (RFC, Denominación o razón social, y registro patronal ante el IMSS)</li>



<li>Domicilio fiscal del beneficiario de los servicios o trabajos contratados</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuándo se presentan las informativas SISUB?</strong></h3>



<p>Las informativas SISUB deben presentarse de manera cuatrimestral, a más tardar el día 17 de los meses de mayo, septiembre y enero, que corresponden al primer, segundo y tercer cuatrimestre del año respectivamente.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full"><img decoding="async" fetchpriority="high" width="615" height="180" src="https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2024/04/Tabla-Informativas-ICSOE-y-SISUB.jpg" alt="" class="wp-image-30344" srcset="https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2024/04/Tabla-Informativas-ICSOE-y-SISUB.jpg 615w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2024/04/Tabla-Informativas-ICSOE-y-SISUB-300x88.jpg 300w, https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2024/04/Tabla-Informativas-ICSOE-y-SISUB-600x176.jpg 600w" sizes="(max-width: 615px) 100vw, 615px" /></figure></div>


<p>Es importante mencionar que <strong>la sanción por no enviar esta información al Infonavit es de 251 a 300 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente un monto de $27,251.07 a $32,571.00.</strong></p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Debo enviar la informativa SISUB si no tengo contratos vigentes?</strong></h3>



<p>Al igual que con las informativas ICSOE, en caso de no tener contratos vigentes durante el periodo a declarar, los contratistas pueden presentar un informe sin actividad.</p>



<p class="has-text-color has-medium-font-size" style="color:#225a40"><strong>En Lofton te apoyamos con todo lo relacionado al REPSE</strong></p>



<p>Sabemos que cumplir con las obligaciones del REPSE puede ser una tarea compleja, sin embargo, contar con la asesoría de nuestros expertos en <a href="https://loftonsc.com/juridico/juridico-laboral/">consultoría legal laboral</a> hace que todo sea más sencillo.</p>



<p><strong>¡Contáctanos y evita contratiempos!</strong></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Dictamen Infonavit, ¿cómo presentarlo?</title>
		<link>https://loftonsc.com/auditoria/dictamen-infonavit-como-presentarlo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lofton]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Jun 2023 17:11:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Auditoria]]></category>
		<category><![CDATA[Auditoría]]></category>
		<category><![CDATA[dictamen Infonavit]]></category>
		<category><![CDATA[Infonavit]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://loftonsc.com/?p=29693</guid>

					<description><![CDATA[Si tu empresa tiene un promedio anual de 300 trabajadores en el ejercicio fiscal anterior, estás obligado a dictaminarte ante el IMSS. Aunque hacerlo frente al Infonavit es voluntario, para efectos de un certero cumplimiento de las obligaciones de tu empresa, es importante hacerlo. Hablemos de cómo presentar el Dictamen Infonavit.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><em>Si tu empresa tiene un promedio anual de 300 trabajadores en el ejercicio fiscal anterior, estás obligado a dictaminarte ante el IMSS. Aunque hacerlo frente al Infonavit es voluntario, para efectos de un certero cumplimiento de las obligaciones de tu empresa, es importante hacerlo. Hablemos de cómo presentar el Dictamen Infonavit.</em></p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Qué es el Dictamen Infonavit</strong></h2>



<p>El Dictamen Infonavit es un documento elaborado por un Contador Público Autorizado por la institución. En este documento se señala la intención de una empresa de dictaminar sus obligaciones en materia de aportaciones. Así como los descuentos correspondientes al Instituto, de conformidad con el segundo párrafo de la fracción VIII del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.</p>



<p>El Dictamen deberá de ser presentado por una o un Contador Público Autorizado, el mismo que será el encargado de formularlo. Esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Quiénes deben presentar el Dictamen Infonavit</strong></h2>



<p>El Dictamen Infonavit es una obligación voluntaria, a diferencia del Dictamen ante el IMSS, para aquellos patrones que hayan contado con un promedio anual de 300 trabajadores en el ejercicio inmediato anterior.</p>



<p>A pesar de ello, los especialistas recomiendan dictaminar por diversos beneficios que veremos más adelante.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Cómo dictaminar si el patrón tiene varios registros</strong></h2>



<p>Si se desea dictaminar, pero se tienen varios registros patronales, la empresa o persona aportante podrá señalar uno, algunos o todos los registros que desee dictaminar.</p>



<p>La única cuestión que se debe cumplir es que deberán encontrarse en un solo Aviso, tanto en la carátula como en el anexo. Los cuáles se encuentran publicados para tal fin en la <a href="https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/54d67c8c-0388-40be-a9a8-b42e75d825ef/Gu%C3%ADa+usuario+llenado_Aviso+de+Dictamen+Infonavit.pdf?MOD=AJPERES" target="_blank" rel="noreferrer noopener">página web del Infonavit</a>.</p>



<p>De igual manera, el Aviso también deberá estar firmado por el Contador que vaya a dictaminar, y solo es válido por el ejercicio, o periodo, y por los registros patronales que se señalen en el mismo.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Cuándo se presenta el Dictamen del Infonavit</strong></h2>



<p>Después de presentar el Aviso, el cual debió de haberse presentado antes del 1 de mayo, se tendrá un plazo máximo de seis meses a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen para entregarlo ante la autoridad.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Beneficios del Dictamen Infonavit</strong></h2>



<p>A pesar de ser voluntario, los expertos recomiendan dictaminarse frente al Infonavit, debido a que existen una diversidad de beneficios al hacerlo:</p>



<ul>
<li>No ser sujeto de visitas domiciliarias por el ejercicio dictaminado</li>



<li>No se emitirán a su cargo cédulas de liquidación por diferencias derivadas del procedimiento</li>



<li>Si el Dictamen se encuentra en proceso de formulación y se emiten cédulas de liquidación, el patrón deberá aclararlas y/o liquidar el saldo a su cargo, y se considerarán como parte del Dictamen</li>



<li>Certeza del cumplimiento correcto de las obligaciones en materia de seguridad social, además de ser verificadas por un profesional en la materia</li>



<li>Identificar áreas de oportunidad para mejorar el control interno</li>



<li>Detectar errores o practicas indebidas antes de que deriven en cuantiosos problemas fiscales</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Cómo debo presentar el Dictamen Infonavit</strong></h2>



<p>El Aviso se puede generar fácilmente gracias a los documentos <a href="https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/portal/infonavitmx/mx2/patrones/tramites_adicionales/dic" target="_blank" rel="noreferrer noopener">descargables en la página web del Infonavit</a>. Así como la <a href="https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/54d67c8c-0388-40be-a9a8-b42e75d825ef/Gu%C3%ADa+usuario+llenado_Aviso+de+Dictamen+Infonavit.pdf?MOD=AJPERES" target="_blank" rel="noreferrer noopener">guía de llenado</a> que se encuentra en el mismo portal.</p>



<p>Es importante que tanto el Aviso como el Dictamen sea firmado por el Contador que vaya a llevar a cabo el proceso. Y aunque puede cambiar el encargado entre el aviso y el dictamen, no se podrá presentar si no existe la evaluación del experto aprobado por el Infonavit.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Soluciones Lofton</strong></h2>



<p>Nuestros especialistas altamente capacitados están dedicados a garantizar el cumplimiento de tus obligaciones. Si tu empresa está en búsqueda de un Contador Público Autorizado por el Infonavit para dictaminar frente a ellos, <a href="https://loftonsc.com/auditoria/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">¡contáctanos!</a></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Conoce el plan de apoyo de INFONAVIT y FONCOT por COVID-19</title>
		<link>https://loftonsc.com/nominas/plan-de-apoyo-infonavit/</link>
					<comments>https://loftonsc.com/nominas/plan-de-apoyo-infonavit/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Sep 2020 21:20:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nóminas]]></category>
		<category><![CDATA[Administración de Nóminas]]></category>
		<category><![CDATA[apoyos COVID-19]]></category>
		<category><![CDATA[Infonavit]]></category>
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					<description><![CDATA[El Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, aprobó el plan de apoyo INFONAVIT con el objetivo de apoyar tanto a las empresas y trabajadores, por la contingencia sanitaria que está viviendo México. El Instituto publicó en su página web los requisitos necesarios para solicitar el apoyo, dando [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, aprobó el plan de apoyo INFONAVIT con el objetivo de apoyar tanto a las empresas y trabajadores, por la contingencia sanitaria que está viviendo México.</p>



<p>El Instituto publicó en su <a href="https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/portal/infonavit.web/trabajadores/tengo-un-credito/medidas_proteccion_covid/!ut/p/z1/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfIjo8zizdwNDDycTQz9LMwCjAwCPQINDQKCLYwMQk31w8EKjCwMDNydDAz93C08LAwc3Vw9XS19jI3cQw31o4jRb4ADOBoQpx-Pgij8xofrR4GV4PKBqQEBBYaEFIDCgJArCnJDQyMMMj3THRUVAd_0LBc!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">página web</a> los requisitos necesarios para solicitar el apoyo, dando autorización hasta <strong>12 parcialidades de aportaciones patronales de colaboradores sin crédito</strong> y son las que se en listan a continuación.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Condiciones generales del plan de apoyo INFONAVIT</h4>



<ul><li>Prórroga para aportaciones de aquellos trabajadores que no cuenten con crédito de vivienda vigente:</li><li>Patrones con más de 250 trabajadores, solo podrá ser las aportaciones correspondientes al segundo bimestre del 2020, y se deberá cubrir a más tardas el 20 de Julio 2020 con actualizaciones y recargos de una tasa reducida del 0.01%.</li><li>Patrones con hasta 250 trabajadores la prórroga podrá ser por las aportaciones correspondientes al segundo y/o tercer bimestre(s) de 2020,  deberán cubrirse a más tardar el 17 de septiembre de 2020 con actualizaciones y recargos a una tasa reducida del 0.01%.</li><li>Pago de hasta 12 parcialidades para aportaciones diferidas conforme a la fracción I, dichos convenios estarán sujetos a una tasa del 1.26% mensual, la cual se aplicará en la segunda parcialidad y las subsecuentes.</li></ul>



<h4 class="wp-block-heading">Requisitos</h4>



<p>Para tener acceso a este apoyo los patrones deberá hacer la solicitud en el portal empresarial del Instituto y firmarlo con su usuario y contraseña, correspondiendo a las siguientes fechas:</p>



<ol><li>30 de junio de 2020 para patrones con más de 250 trabajadores respecto de la solicitud de prórroga de pago de las aportaciones correspondientes al segundo bimestre de 2020.</li><li>31 de agosto de 2020 para los patrones con hasta 250 trabajadores respecto de la solicitud de prórroga de pago de las aportaciones correspondientes al segundo y tercer bimestre de 2020.</li></ol>



<h4 class="wp-block-heading">Para el <strong>convenio de pago en parcialidades</strong> </h4>



<ol><li>20 de julio de 2020 para la solicitud del convenio para el pago de las aportaciones del segundo bimestre que hayan sido prorrogadas al 20 de julio de 2020.</li><li>17 de septiembre de 2020 para la solicitud del convenio para el pago de las aportaciones del segundo y/o tercer bimestre(s) que hayan sido prorrogadas al 17 de septiembre de 2020.</li></ol>



<p>Para poder adherirse a estas facilidades los patrones deberán pagar las aportaciones de sus trabajadores con crédito de vivienda y el entero de sus respectivas amortizaciones de los bimestres a convenir, y no podrán adherirse los patrones que hubieran omitido el pago de la totalidad de las aportaciones y amortizaciones de los bimestres de 2019.</p>



<p>Para visualizarlo de mejor manera, te presentamos una tabla con los beneficios para Patrones y Empleados:</p>



<figure class="wp-block-table"><table><tbody><tr><td class="has-text-align-left" data-align="left"><strong>PATRONES</strong> </td><td><strong>TRABAJADORES</strong></td></tr><tr><td class="has-text-align-left" data-align="left"><strong>Prórroga en&nbsp;el pago de las aportaciones </strong>de trabajadores sin crédito de vivienda, y también sobre el entero de las mensualidades de los convenios  vigentes.</td><td><br><strong>Fondo universal de pérdida de empleo</strong>, consistente en la suspensión de pago de hipoteca durante tres meses.</td></tr><tr><td class="has-text-align-left" data-align="left">Con más de 205 trabajadores podrán pagar aportaciones relativas al segundo bimestre de 2020</td><td>Los trabajadores podrán dejar de pagar la hipoteca con un copago de 0%, extendiendo el beneficio hasta 6 meses</td></tr><tr><td class="has-text-align-left" data-align="left">A las parcialidades de mayo y junio de convenios ya celebrados con anterioridad, a más tardar el 31 de julio de 2020</td><td>Prórroga de pagos. Se puede congelar el saldo de la cuenta del trabajador durante tres meses sin cargos de intereses.</td></tr><tr><td class="has-text-align-left" data-align="left"><br>Hasta con 250 trabajadores podrán pagar las aportaciones correspondientes: del segundo y tercer bimestre a más tardar el 17 de septiembre de 2020.</td><td>Si el trabajador decide continuar sus pagos se amortizarán al capital hasta 6 meses</td></tr><tr><td class="has-text-align-left" data-align="left">Celebración de convenio de pago hasta en 12 parcialidades de las aportaciones citadas se presenta la solicitud de convenio,  menos de 250, lo podrán hacer hasta el 17 de septiembre de 2020.</td><td>Por Paro Técnico: Descuento en las cuotas mensuales si la empresa donde labora se declara en paro técnico, se aplicará un descuento de hasta 25 %</td></tr><tr><td class="has-text-align-left" data-align="left">Suspensión de plazos legales para acciones de recaudación y fiscalización (auditorías) y del procedimiento administrativo de ejecución (PAE)</td><td></td></tr><tr><td class="has-text-align-left" data-align="left"></td><td></td></tr></tbody></table><figcaption>Beneficios para patrones y trabajadores</figcaption></figure>



<h4 class="wp-block-heading">Soluciones</h4>



<p>En Lofton nuestras soluciones empresariales son integrales y personalizados. Podemos atender y extender estos beneficios a razón de tu giro de negocio. Si quieres acceder a los beneficios del plan de apoyo INFONAVIT te ayudamos con las gestiones necesarias.</p>



<p>Nuestros especialistas te ayudarán a encontrar estrategias que te permitan ahorrar capital en estos tiempos de emergencia y puedas asegurar tu patrimonio en el futuro próximo. ¡Acércate a nosotros!</p>



<p>Enlaces relacionados:</p>



<p><a href="https://www.youtube.com/watch?v=ZSBAGz-XcXM" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Beneficios que otorga la ley a los arrendatarios de locales comerciales afectados por COVID-19</a> (VIDEO)</p>



<p><a href="https://loftonsc.com/nominas/mitos-outsourcing-de-nomina/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Mitos y realidades del outsourcing de nómina</a></p>
]]></content:encoded>
					
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			</item>
		<item>
		<title>¿Qué es la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y qué implicaciones tiene?</title>
		<link>https://loftonsc.com/marketing-digital/implicaciones-fiscales-uma/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 06 Jun 2017 03:45:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Marketing Digital]]></category>
		<category><![CDATA[DOF]]></category>
		<category><![CDATA[Infonavit]]></category>
		<category><![CDATA[SAT]]></category>
		<category><![CDATA[SUA]]></category>
		<category><![CDATA[UMA]]></category>
		<category><![CDATA[unidad de medida y actualización]]></category>
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					<description><![CDATA[En 2016 se crea la UMA, la cual servirá para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y demás supuestos previstos en todo ordenamiento legal. ]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Texto: Lic. Lizbeth Victoriano<br />
Edición: Selene Díaz</p>
<p><strong>I.- Antecedentes</strong></p>
<p>El 27 de enero de 2016, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicaron las reformas a los artículos 26, 41 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), concernientes al salario mínimo.</p>
<p>Dicha <strong>reforma, desvincula al salario mínimo como unidad</strong> de cuenta, base, medida o referencia económica en leyes federales, estatales y de la Ciudad de México y <strong>crea un nuevo parámetro, la Unidad de Medida y Actualización (UMA),</strong> permitiendo con ello que los incrementos que se determinen al valor del salario mínimo ya no generen aumentos a todos los montos que se computaban conforme a éste, buscando que sea suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe(a) de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de los hijos.</p>
<p>Por lo tanto, <strong>la UMA servirá para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y demás supuestos previstos en todo ordenamiento legal</strong>; para ello, el 30 de diciembre de 2016, se publicó en el DOF la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, en donde queda a cargo del INEGI el procedimiento para su cálculo.</p>
<p>En cumplimiento de lo anterior, el día 10 de enero de 2017, se publicó en el DOF, el valor de la UMA aplicable a partir del primero de febrero de 2017:</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="187">Año</td>
<td width="187">Diario</td>
<td width="187">Mensual</td>
<td width="187">Anual</td>
</tr>
<tr>
<td width="187"><strong>2017</strong></td>
<td width="187">$75.49</td>
<td width="187">$2,294.90</td>
<td width="187">$27,538.80</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><strong> </strong><strong>II.- Efectos fiscales </strong></p>
<p><strong>2.1.- Aplicación de la UMA en el SAT</strong></p>
<p>El 10 de abril del año en curso, a través del portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la sección “Preguntas del día”, éste manifestó la aplicación de la UMA en las disposiciones fiscales, aunque éstas hagan referencia al salario mínimo y no hayan sido modificadas, pues el fundamento legal en su aplicación, se desprende del artículo tercero transitorio de la reforma Constitucional.</p>
<p><strong>2.2.- Aplicación de la UMA en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) 3.4.8.</strong></p>
<p>El 25 de enero de 2017, el Consejo Técnico del IMSS, mediante Acuerdo 26/2017 decidió adecuar sus sistemas y procedimientos a efecto de implementar la reforma constitucional arriba citada, dentro del año fijado para ese efecto, de acuerdo al numeral Cuarto Transitorio del Decreto Modificatorio Constitucional.</p>
<p>La UMA será aplicada en la determinación de las cuotas obrero-patronales. De acuerdo a lo establecido por el Director de Incorporación y Recaudación del IMSS y confirmado más tarde por diversos medios e Institutos, como el Instituto Mexicano de Contadores Públicos; destacándose lo siguiente:</p>
<ul>
<li>Donde la Ley del Seguro Social (LSS) referencie al salario mínimo, se sustituirá por la UMA, cuyo valor a partir del 1° de febrero de este año será de $75.49 diarios. Entiéndase que el cálculo para las cuotas obrero-patronales fijas del Seguro de Enfermedades y Maternidad, y las cuotas que van al Seguro de Retiro Cesantía y Vejez, será sobre el importe citado y no sobre el salario mínimo general vigente de $80.04.</li>
<li>El límite máximo para cotizar al Seguro Social será de 25 veces la UMA en vez del salario mínimo señalado.</li>
<li>Únicamente para el caso de inscripción del trabajador, se hará conforme al salario mínimo, toda vez que está expresamente prohibido en la Ley del Seguro Social (artículo 28) e incluso en nuestra Constitución, la inscripción al IMSS por debajo del salario mínimo (artículo 123).</li>
</ul>
<p><strong>2.3-</strong> <strong>Aplicación de la UMA en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.</strong></p>
<p>El día 26 de abril de 2016, se publicó en el DOF, el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 39, 44 y 55 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en el cual se establece que los créditos contratados en “Veces Salarios Mínimos” (VSM) serán sustituidos a UMA.</p>
<p>No obstante, para aquellos trabajadores que cuenten con un crédito en VSM, que haya sido contratado antes de la reforma, sus saldos y sus pagos para el 2016 se debieron actualizar automáticamente, considerando el importe menor, entre el 3.9% y las diversas tasas de inflación para ese ejercicio. Cabe aclarar que el trabajador no percibió dicha actualización, pues el valor de la UMA y del Salario Mínimo era el mismo de $73.04. Ahora bien, para el año 2017 la actualización de los créditos se realizará con base al valor de la UMA.</p>
<p>Cabe señalar que los créditos en pesos o a tasa fija, no están sujetos a los incrementos del salario mínimo ni de la UMA, es decir, continúan normal.</p>
<p>En consecuencia, si posterior a la entrada en vigor de la UMA, el INFONAVIT ha emitido cualquier documento, o en su caso, un crédito, basándose en el salario mínimo; el mismo se entiende referenciando en la UMA, sin embargo, se debe corroborar que el cálculo este basado en el valor de dicho parámetro.</p>
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