<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>Medios de defensa &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
	<atom:link href="https://loftonsc.com/tag/medios-de-defensa/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://loftonsc.com</link>
	<description>Nuestros servicios de auditoría detectan y previenen situaciones de riesgo en las empresas a través estrategias fiscales, financieras y operativas</description>
	<lastBuildDate>Wed, 10 May 2023 22:57:24 +0000</lastBuildDate>
	<language>es-MX</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.3.8</generator>

<image>
	<url>https://loftonsc.com/wp-content/uploads/2018/03/cropped-logo_lofton_512-32x32.png</url>
	<title>Medios de defensa &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
	<link>https://loftonsc.com</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
	<item>
		<title>EDOS tendrán medios de defensa contra el 69-b del CFF</title>
		<link>https://loftonsc.com/juridico-fiscal/medios-de-defensa-contra-69-b/</link>
					<comments>https://loftonsc.com/juridico-fiscal/medios-de-defensa-contra-69-b/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lofton]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Dec 2020 04:45:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico Fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[69-b]]></category>
		<category><![CDATA[Medios de defensa]]></category>
		<category><![CDATA[recurso de revocación]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://loftonsc.com/?p=20437</guid>

					<description><![CDATA[La Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto a la validez o no de los medios de defensa de los contribuyentes ante supuestos del 69-b. La Segunda Sala de la SCJN en sesión pública celebrada el pasado 5 de agosto, resolvió la contradicción de tesis 70/2020, que se suscitó con el [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><em>La Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto a la validez o no de los medios de defensa de los contribuyentes ante supuestos del 69-b.</em></p>



<p>La Segunda Sala de la SCJN en sesión pública celebrada el pasado 5 de agosto, resolvió la contradicción de tesis 70/2020, que se suscitó con el fin de determinar si el oficio emitido por el SAT en términos del penúltimo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), <strong>constituye una resolución definitiva</strong> en contra de la que se puedan interponer un <strong>recurso de revocación</strong>, o bien un <strong>Juicio Contencioso Administrativo</strong>.</p>



<p>Recordemos que en CFF prevé sanciones contra contribuyentes o empresas que <a href="https://loftonsc.com/blog/juridico/juridico-fiscal/que-son-los-efos-edos-sat/">deduzcan operaciones simuladas (EDOS) o que facturen operaciones simuladas (EFOS)</a>.</p>



<p>Al respecto, tenemos que el precepto legal en comento dispone que los contribuyentes, mejor conocidos como EDOS, que hayan dado un efecto fiscal al CFDI expedido por un contribuyente (EFO) que se encuentre en la lista negra, contará con el plazo de 30 días a partir de su publicación, para acredite que se adquirieron los bienes o ser recibieron los servicios amparados con los comprobantes fiscales, teniendo siempre la posibilidad de <strong>corregir su situación fiscal</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading" style="font-size:30px">La decisión de la SCJN valida medios de defensa</h2>



<p>Con este párrafo, nuestro máximo Tribunal ha determinado que si la autoridad hacendaria, con fundamento en dicho numeral emite algún tipo de resolución, está podría ser combatida, según quedo expuesto con los medios de defensa antes detallados.</p>



<p>Recordemos que conforme al procedimiento fijado por el ya citado 69-B respecto aquellas operaciones que la autoridad observe como inexistentes, prácticamente la atención y defensa se encuentran prevista para el EFO, no obstante, tienen una implicación manifiesta para el EDO, al cual sólo invitan a que se corrija a consecuencia de ésta.</p>



<p>Por tanto, aun cuando está pendiente de publicación el falló de la Corte, su rubro puede suponer una <strong>protección más amplia a los contribuyentes considerados EFO</strong>, pues aun cuando exista la presunción de estas operaciones irregulares, éstas ameritan prueba en contra, por lo que deben salvaguardarse la posibilidad de defensa para los pagadores de impuestos.</p>



<h2 class="wp-block-heading" style="font-size:30px">Soluciones</h2>



<p>Las primicias de este asunto, las ha dado la PRODECON y las ha relacionado a su vez con las Recomendaciones: 15 y 21 del año 2019 y las diversas 6, 15, 19 y 20 de este año, cuyo antecedente directo lo fue el criterio sustantivo 12/2019.</p>



<p>Si eres un contribuyente que se encuentre sujeto algún procedimiento de esta naturaleza en calidad de EDO o EFO, te podemos guiar brindándote la asesoría oportuna y necesaria para encontrar los medios de defensa ante supuestos del 69-b u otras arbitrariedades de la autoridad.</p>



<p> Acércate a LOFTON, un especialista de nuestra <a href="https://loftonsc.com/juridico/juridico-fiscal/">área jurídico fiscal</a> te atenderá.</p>



<p><em>Contenido relacionado</em></p>



<p><a aria-label="undefined (abre en una nueva pestaña)" href="https://www.youtube.com/watch?v=O6GI31yCgOg" target="_blank" rel="noreferrer noopener">El Amparo Fiscal en tiempos de COVID-19</a> (VIDEO)</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>https://loftonsc.com/juridico-fiscal/medios-de-defensa-contra-69-b/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Qué medios de defensa son viables durante COVID-19?</title>
		<link>https://loftonsc.com/juridico-fiscal/medios-de-defensa-durante-covid-19/</link>
					<comments>https://loftonsc.com/juridico-fiscal/medios-de-defensa-durante-covid-19/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Jun 2020 20:59:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico Fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[COVID-19]]></category>
		<category><![CDATA[jurídico laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Medios de defensa]]></category>
		<category><![CDATA[medios de defensa fiscal]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://loftonsc.com/?p=13186</guid>

					<description><![CDATA[La pandemia suscitada por el virus COVID-19, no sólo ha dejado estragos en la salud de miles de personas, también ha tenido un impacto en la economía de muchos sectores; desde luego, esta problemática influye en las relaciones jurídicas, que se puede dar en dos sentidos: particulares con particulares y estado con particulares; por esto, [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La pandemia suscitada por el virus COVID-19, no sólo ha dejado estragos en la salud de miles de personas, también ha tenido un impacto en la economía de muchos sectores; desde luego, esta problemática influye en las relaciones jurídicas, que se puede dar en dos sentidos: particulares con particulares y estado con particulares; por esto, es necesario contar con los elementos legales necesarios para contar con  medios de defensa durante COVID-19, en caso de existir un conflicto.</p>



<p>En este blog nos enfocaremos en la materia administrativa, es decir, aquella que rige la relación de los particulares con el estado, vista desde la siguiente perspectiva:</p>



<ol>
<li>Contribuyentes con el <a href="http://www.sat.gob.mx" target="_blank" rel="noopener">SAT</a>.</li>



<li>Patrones o trabajadores con <a href="http://www.imss.gob.mx" target="_blank" rel="noopener">IMSS</a>, Infonavit, Fonacot.</li>



<li>Ciudadanos en su relación con la administración pública municipal, estatal o federal.</li>
</ol>



<p>Así, podemos enumerar en el orden establecido, los diversos problemas que la pandemia y el incierto entorno económico han suscitado; a saber:</p>



<p> I. La atención de <a href="https://loftonsc.com/contabilidad/cumplimiento-obligaciones-fiscales/">cartas invitación</a>, requerimientos de      obligaciones, rechazo de algún trámite de compensación o      devolución, inicio de facultades de comprobación (visita     domiciliaria, revisión de gabinete, revisión de dictamen,    revisión electrónica), procedimientos de cobro coactivo    (embargo).</p>



<p>II. Cédula de Liquidación de Obligaciones en seguridad social, requerimientos, auditoría, notificaciones de adeudos, etcétera.</p>



<p>III. Inspecciones por autoridades sanitarias, <a href="https://loftonsc.com/juridico-laboral/inspeccion-secretariaa-trabajo/">Visitas de Verificación</a> en el cumplimiento de Licencias o permisos, multas, suspensión de actividades, clausuras de establecimientos.</p>



<p>Ante estos hechos surge la interrogante de qué medios de defensa podemos interponer si nos vemos inmersos en alguna problemática de los ejemplos señalados en medio de la pandemia por COVID-19. Pues bien, pasemos a la siguiente clasificación, que bien nos puede ilustrar al respecto.</p>



<ul>
<li> Medios alternativos de solución de controversias.</li>



<li>Recursos administrativos (Recurso de Revocación, Recurso de Inconformidad, Recurso de Reconsideración. </li>



<li>Juicio Contencioso Administrativo o Juicio de Amparo.</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading">Medios alternativos de defensa</h2>



<p>Nos refiere a tratar de
solucionar la problemática con la autoridad (cualquiera de las citadas) sin que
para ello medie un juicio, pues lo que se pretende evitar es el costo y tiempo
que suele tener este medio de defensa. </p>



<p>Por ello, Lofton servicios integrales, cuenta con especialistas que, <strong>a través de la mediación</strong>, <strong>negociación o arbitraje</strong> ante Instituciones competentes, busque solucionar la problemática, velando los intereses de nuestros clientes.</p>



<h2 class="wp-block-heading"> Recursos administrativos</h2>



<p>No en todos los casos se logra conciliar con la autoridad, algunas veces es necesario presentar un <strong>medio de defensa que revoque sus actos</strong>, y nuevamente, en Lofton buscamos las mejores alternativas para nuestros asesorados; así, dependiendo de la naturaleza del asunto, se opta por estos recursos enlistados en el inciso b) y que, si bien, suelen presentarse ante la propia autoridad administrativa, éstos son revisados de manera interna por un área jurídica diferente a la autoridad emisora.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Juicios</h2>



<p>Finalmente, en casos muy
específicos, cuando la trascendencia del asunto o sus consecuencias pueden
ocasionar un grave perjuicio a nuestros clientes, optamos por interponer un
juicio contencioso administrativo o un juicio de amparo, con el fin de obtener
una orden emitida por un Juez, que cese con el acto arbitrario o ilegal de una
autoridad.</p>



<p>Ante estas alternativas nos preguntamos si <strong>estos medios de defensa se han visto limitados</strong> con el cierre de muchas dependencias de gobierno por la pandemia, incluso con el cierre de los Tribunales, y si, en caso de ser sujetos algún acto de los señalados, medios de defensa durante COVID-19. <strong>La respuesta es sí</strong>.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Soluciones</h2>



<p>En el sector administrativo el SAT, IMSS e Infonavit, así como las autoridades sanitarias siguen en funciones para cumplir el objetivo de recaudación, de seguridad social (vivienda) y funcionamiento limitado de diversos sectores no considerados como esenciales; por ello, es factible que mientras la emergencia sanitaria continúe, los gobernados puedan verse afectados con la actuación de estas autoridades.</p>



<p>En ese sentido, los particulares <strong>sí pueden entablar los medios de defensa</strong> antes apuntados, atendiendo a la gravedad o consecuencia del asunto, pues en la medida que estas autoridades siguen trabajando, también hay alternativas para defender sus intereses; por ello, es muy importante asesorarse oportunamente. En Lofton contamos con especialista en el ramo contable, jurídico, fiscal y laboral que puede darte las mejores alternativas de solución.</p>



<p></p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>https://loftonsc.com/juridico-fiscal/medios-de-defensa-durante-covid-19/feed/</wfw:commentRss>
			<slash:comments>0</slash:comments>
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
