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	<title>T-MEC &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
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	<description>Nuestros servicios de auditoría detectan y previenen situaciones de riesgo en las empresas a través estrategias fiscales, financieras y operativas</description>
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	<title>T-MEC &#8211; Lofton Servicios Integrales | Despacho Contable y Jurídico</title>
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		<title>La Reforma eléctrica afectará al comercio exterior</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lofton]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Mar 2021 00:57:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Marketing Digital]]></category>
		<category><![CDATA[CFE]]></category>
		<category><![CDATA[Reforma eléctrica]]></category>
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					<description><![CDATA[En días pasados fue aprobada en el pleno de la Cámara de Diputados, en lo general, la Reforma Eléctrica, presentada con carácter de preferente por el poder Ejecutivo. La reforma puso en el ojo del huracán varios temas que a futuro podemos prever que representarán afectaciones a los sectores productivos en un rubro por demás [&#8230;]]]></description>
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<p>En días pasados fue aprobada en el pleno de la Cámara de Diputados, en lo general, la Reforma Eléctrica, presentada con carácter de preferente por el poder Ejecutivo.</p>



<p>La reforma puso en el ojo del huracán varios temas que a futuro podemos prever que representarán afectaciones a los sectores productivos en un rubro por demás sensible, que es el abasto y consumo de energía eléctrica, en vez de apoyar y mejorar la cuestión eléctrica del país, como el Ejecutivo pretende justificar estos cambios. &nbsp;</p>



<p>En opinión de los expertos en el tema, la Reforma no fue por omisión, sino por cuestiones que exceden las facultades del poder Ejecutivo y por asuntos de coerción social. </p>



<p>La parte social la abordaremos más adelante, por ahora nos enfocaremos en las cuestiones internacionales de la aprobación de esta reforma y veremos cómo va a contracorriente de los estándares internacionales.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Impacto Internacional de la Reforma Eléctrica en el T-MEC</strong></h2>



<p>México es uno de los países a nivel mundial que cuenta con el mayor número de tratados comerciales. En muchos de ellos se observa una estricta vigilancia para evitar la formación de monopolios, ya sea por parte del Estado (como en este caso sucede) o de particulares. Esta es sin lugar a duda, una de las vertientes más preocupantes de la Reforma Eléctrica para el comercio exterior.</p>



<p>Para abordar el tema desde un ejemplo concreto, tenemos lo contenido en el recién aprobado T-MEC. &nbsp;El tratado contempla en su artículo 15.5.1, inciso (a), inciso (i) lo siguiente:</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-style-default">
<p><em>Ninguna Parte adoptará o mantendrá, sea sobre la base de una subdivisión regional o de la totalidad de su territorio, una medida que imponga una limitación en el número de proveedores de servicios sea en forma de contingentes numéricos, monopolios, proveedores exclusivos de servicios, o mediante la exigencia de una prueba de necesidades económicas.</em></p>
<cite>TRATADO COMERCIAL ESTADOS UNIDOS-CANADÁ-MEXICO</cite></blockquote>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Contradicciones en la Reforma</strong></h2>



<p>Bajo este argumento, nuestro país estaría violando flagrantemente las directrices impuestas por el T-MEC, puesto que en la reforma aprobada establece cuestiones de suma importancia para la productividad del país, como son la distribución eléctrica a particulares, en la cual se pretende:</p>



<ul>
<li>Eliminar el criterio económico de despacho.</li>



<li>El Centro Nacional de Control de Energía deberá despachar toda la energía generada por La Comisión Federal de Electricidad.</li>



<li>Despachar como última instancia la energía generada de manera solar o eólica para combinarla con el ciclo combinado de los particulares.</li>



<li>Se pretenden eliminar la obligación de que la CFE esté obligada a comprar electricidad mediante subastas, lo que le impediría acceder a precios más competitivos.</li>
</ul>



<p>Retomando lo dicho por el artículo 15.5.1, el Gobierno mexicano estará limitando el número de proveedores de servicios, a pesar de que los particulares son los que mayor inversión y mejor reducción de costos generan. </p>



<p>Ahora se privilegia que las centrales de la CFE tengan prioridad, a sabiendas que son energías más contaminantes y representan mayores costos.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Una reforma que va en contra de la tendencia mundial de generación de energías limpias</strong></h2>



<p>Así mismo, se estaría violentando el Acuerdo de Paris de 2016 en el cual se pretende que México genere el 35% de su electricidad con energías limpias para 2024.</p>



<p>Ya que se modifica el otorgamiento de Certificados de Energía Limpia con los cuales, las plantas de la CFE que no cuenten con las adecuaciones de generación limpia o que tengan tecnologías obsoletas podrán acceder a los certificados sin importar lo contaminante que resulte la generación de energía en dichas instalaciones, en detrimento de plantas eólicas o solares y en consecuencia de cualquier proyecto de inversión que se pretenda en este rubro.</p>



<p>Además de esto, la reforma también hace énfasis en la revocación de contratos ya que, con el discurso de ‘eliminar la corrupción’, se podrá revisar tanto la legalidad como la rentabilidad de aquellos productores que el Estado considere que caen en actos constitutivos de fraude a la ley.</p>



<p>Si no existen criterios transparentes para estas revisiones de contratos, pueden tener un uso faccioso, de índole político que nada tendría que ver con cuestiones de eficiencia energética.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Implicaciones de la Reforma eléctrica al comercio exterior nacional</strong></h2>



<p>Uno de los impactos significativos de la Reforma eléctrica al Comercio Exterior es que, de un modo muy certero, se desincentiva la inversión extranjera directa dentro del rubro energético, debido a la eliminación de la obligatoriedad de las subastas eléctricas.</p>



<p>¿Qué quiere decir esto?, que CFE dejará de comprar a los productores que compitan por vender la energía más barata y limpia, ya que existe la falsa idea de que este tipo de generación es intermitente y abusiva hacia el usuario.</p>



<p>Cabe mencionar que existen proyectos de inversión privada que se están enfocando en la elaboración de energía limpia y que la cancelación de estos implicaría altos costos al gobierno, como el caso del NAICM de Texcoco.</p>



<p>Esto también tiene la consecuencia de que perderíamos competitividad a la exportación por la misma cuestión, y en su lugar para abaratar o mitigar estos incrementos, es muy posible que tengamos que importar productos que aun podemos elaborar nosotros y los costos de transporte o almacenaje también se verían afectados.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Se prevén afectaciones también en otros sectores productivos</strong></h2>



<p>Ahora bien, el impacto a la gente común se puede transmitir de dos modos en los cuales ambos se relacionan a una sola situación, la cual es, altos costos al servicio eléctrico y a la compra de bienes.</p>



<p>Como ya vimos, quitar la obligación de subastas de energía que mejore costos solo puede tener como consecuencia un previsible aumento en los costos de generación de energía, por lo menos en lo que se establecen las nuevas reglas de operación. </p>



<p>Es decir: para elaborar productos se requiere de energía eléctrica, si el costo de esta aumenta, estos se trasladan al usuario final por lo cual compraremos productos y servicios más caros.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Conclusiones</strong></h2>



<p>La iniciativa de Reforma Eléctrica del Ejecutivo, si se avala tal como se encuentra en la propuesta preferente, tendrá consecuencias a las operaciones de comercio exterior, a nivel legal, de costos al usuario final y a nivel internacional.</p>



<ul>
<li>A nivel comercial, es sabido que impedir la libre competencia, privilegiar los monopolios del estado sólo desincentiva la inversión, en este caso de en energías limpias, un tema urgente en nuestro país y el mundo.</li>
</ul>



<ul>
<li>En el plano legal, la incertidumbre jurídica que representa una reforma de este calado tendrá consecuencias previsibles como son amparos, juicios de inconstitucionalidad y afectación de la libre competencia. Se abrirá entonces un largo camino jurídico que puede impedir el avance de esta reforma, complicando aún más el escenario actual.</li>
</ul>



<ul>
<li>En cuestión de costos se ve la afectación al privilegiar la generación de energía por parte del Estado en detrimento de particulares, a pesar de que esto implique mayores costos de producción. Esto tendrá una escalada que afectará toda la industria nacional y por lo tanto, se verá también reflejada en un aumento de precios del consumidor final.</li>
</ul>



<ul>
<li>Por último y no menos importante, se envía una pésima señal hacia el exterior, ya que México había mostrado avances importantes en la generación de energías limpias por medio de particulares. Ahora la visión será la de un Estado rector que sigue apostando todo por energías más contaminantes.</li>
</ul>



<p></p>



<p><em>ENLACES RELACIONADOS:</em></p>



<ol>
<li><a href="https://loftonsc.com/blog/juridico/juridico-laboral/aspectos-laborales-en-t-mec/">Aspectos laborales en el marco del T-MEC</a></li>



<li><a href="https://loftonsc.com/blog/comercio-exterior/t-mec-y-la-industria-automotriz/">T-MEC y la industria automotriz</a></li>
</ol>
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		<title>Ventajas de la certificación de origen del T-MEC en empresas</title>
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		<pubDate>Mon, 30 Nov 2020 21:45:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Marketing Digital]]></category>
		<category><![CDATA[certificados de origen]]></category>
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					<description><![CDATA[El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)&#160;ya está en y para aprovechar sus beneficios es fundamental que todos los agentes involucrados en el comercio exterior (empresas que importan y exportan entre México, Estados Unidos y Canadá) cumplan con sus reglas y procedimientos, para que tanto las importaciones como las exportaciones&#160;puedan realizarse sin contratiempos. [&#8230;]]]></description>
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<p>El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)&nbsp;ya está en y para aprovechar sus beneficios es fundamental que todos los agentes involucrados en el comercio exterior (empresas que importan y exportan entre México, Estados Unidos y Canadá) cumplan con sus reglas y procedimientos, para que tanto las importaciones como las exportaciones&nbsp;puedan realizarse sin contratiempos.</p>



<h2 class="wp-block-heading" style="font-size:28px"><strong>Certificación de origen, una oportunidad para México</strong></h2>



<p>Uno de los temas con mayor relevancia en el T-MEC es el <strong>esquema de certificación origen,</strong> por lo que es necesario poder observar y entender estrictamente las reglas de origen.</p>



<p>Para ello es importante estudiar los procedimientos de origen indicados en los <strong>capítulos 4 </strong>y <strong>5</strong> del tratado.</p>



<p>No debemos perder de vista que, en las operaciones de comercio exterior, uno de los componentes centrales es de <strong>índole tributario</strong>, ya que en el tratado se establece si los impuestos de la mercancía tienen una tasa preferencial o bien si está libre de ellos.</p>



<p>Entonces, aplicar de forma correcta una certificación de origen en el T-MEC puede impactar de manera positiva a otras áreas de una empresa y maximizar sus ganancias.</p>



<p>Pero si el procedimiento de certificación de origen no se realiza siguiendo a cabalidad las normas establecidas en el acuerdo, esto puede representar una pérdida de recursos en caso de que existan errores en la integración de los documentos.</p>



<h2 class="wp-block-heading" style="font-size:28px"><strong>Ventajas de aprovechar la certificación de origen</strong></h2>



<p>La certificación de origen la pueden solicitar todos aquellos importadores y/o exportadores que demuestren que su mercancía es originaria de la región o países que conforman el T-MEC.</p>



<p>Las ventajas de la certificación de origen del T-MEC son:</p>



<ul>
<li>Se puede presentar la certificación en cualquier documento comercial conteniendo los datos mínimos de información.</li>



<li>Se permite la <strong>autocertificación</strong>, es decir, no se requiere acudir ante alguna autoridad para obtener el certificado de origen. Pero se requiere que se indiquen datos específicos de la mercancía.</li>



<li>Se puede solicitar <strong>el trato arancelario preferencial</strong> al presentar una certificación llenada por el exportador, productor o importador, esta modalidad entrará en vigor en México a más tardar 3 años y seis meses posteriores a la entrada en vigor del T-MEC.</li>
</ul>



<p>Asimismo, es importante considerar las obligaciones que se adquieren al hacer efectiva la preferencia arancelaria para evitar problemas con la autoridad en caso de que se genere una verificación.</p>



<p>Enlaces relacionados:</p>



<ul>
<li><a aria-label="undefined (abre en una nueva pestaña)" href="https://loftonsc.com/blog/comercio-exterior/certificados-de-origen/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">La importancia de los certificados de origen para reducir costos</a></li>



<li><a aria-label="undefined (abre en una nueva pestaña)" href="https://loftonsc.com/blog/comercio-exterior/t-mec-y-la-industria-automotriz/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">El T-MEC y la industria automotriz</a></li>
</ul>



<p></p>
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		<title>Aspectos laborales en el marco del T-MEC</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Jul 2020 14:00:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico laboral]]></category>
		<category><![CDATA[JLCA]]></category>
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					<description><![CDATA[La Reforma Laboral y el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) tienen una estrecha relación que busca igualar las condiciones de trabajo entre los tres países, así como la relación entre trabajadores y patrones. En el presente Blog, se abordarán los puntos más relevantes de la Reforma laboral y el T-MEC, para que [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La Reforma Laboral y el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) tienen una estrecha relación que busca igualar las condiciones de trabajo entre los tres países, así como la relación entre trabajadores y patrones. </p>



<p>En el presente Blog, se abordarán los puntos más relevantes de la Reforma laboral y el T-MEC, para que las empresas cuenten con la información necesaria para la toma de decisiones.</p>



<p>Con la entrada en vigor el pasado 01
de mayo de 2019 de la <a href="http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lft/LFT_ref30_01may19.pdf" target="_blank" rel="noopener">Reforma
a la Ley Federal del Trabajo</a>, como parte de una obligación del Gobierno
Mexicano, ante la firma del T-MEC, que ya está en vigor, se espera que con la Reforma
Laboral se obtenga la implementación de un nuevo sistema en que trabajadores y
patrones resuelvan sus diferendos de manera pronta y expedita.</p>



<p>Por parte del T-MEC, su finalidad es promover la cooperación entre los países en materia laboral, automotriz, agrícola, medioambiental, sanitaria y hasta economía digital.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Las negociaciones en el tema laboral del T-MEC</h2>



<p>El T-MEC es un proyecto el cual sustituye
el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, mejor conocido como TLCAN o
NAFTA, el cual, entró en vigor en 1994 y requería de una actualización de
muchas normatividades acorde a los tiempos actuales.</p>



<p>Uno de los temas más discutidos en las
negociaciones por parte del Gobierno de los Estados Unidos y en particular con México
era sobre cuestiones laborales, donde se exigían cambios radicales en relación
a temas como la libertad sindical, trabajadores del hogar, perspectiva de género,
la discriminación, por mencionar algunos.</p>



<p>Para resolver estas diferencias se tomó la <a href="https://www.ilo.org/declaration/thedeclaration/textdeclaration/lang--es/index.htm" target="_blank" rel="noopener">Declaración de 1998</a>, de la Organización Internacional del Trabajo, que en específico trata temas de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, y se recalcaron los siguientes compromisos.</p>



<ul><li>Garantizar la efectiva implementación de los derechos laborales internacionalmente reconocidos. </li><li>Abordar algunos de los retos al ejercicio efectivo de los derechos laborales internacionalmente reconocidos, tales como el trabajo forzoso, la violencia o la discriminación en el empleo. </li><li>Promover la transparencia y el involucramiento de la sociedad civil en la aplicación de la legislación laboral.</li></ul>



<h2 class="wp-block-heading">El capítulo 23 del T-MEC</h2>



<p>En virtud de estos  compromisos, se tienen las siguientes disposiciones que serán establecidas en lo que será su <strong>Capítulo 23</strong> del T-MEC:</p>



<ol><li>Implementación de leyes o modificación de las mismas, que fue la base de la actual Reforma laboral.</li><li>El compromiso compartido, afirmando su obligación como miembros de la OIT, México, Estados Unidos y Canadá.</li><li>Derechos labores, su no derogación, y su aplicación, el cual, el objetivo es adoptar en las leyes y regulaciones los derechos de los trabajadores, específicamente:<ul><li>Libertad de asociación</li><li>Reconocimiento a la negociación colectiva</li><li>Regulación en el trabajo, discriminación, trabajo infantil</li><li>Aplicación de un sistema de justicia laboral efectivo</li></ul></li><li>El trabajo forzoso u obligatorio, refiriéndose a las mercancías producidas en cada país y su producción debe ser identificada, con la finalidad de prohibir su importación en los respectivos países.</li><li>Violencia contra los trabajadores, ya se tiene como objetivos abordar eficazmente el tema de la violencia laboral.</li><li>Trabajadores migrantes, donde ser debe de garantizar que los trabajadores estén protegidos.</li><li>Discriminación en el centro de trabajo, obligados a implementar políticas contra la discriminación laboral por razones de:<ul><li>Sexo</li><li>Embarazo</li><li>Orientación sexual</li><li>Identidad de género</li><li>Discriminación salarial</li><li>Responsabilidad de cuidado</li></ul></li><li>Concientización publica y garantías procesales, refiriéndose a los parámetros que deben contemplar las leyes laborales, su observación y su cumplimiento. </li><li>Cooperación, para el intercambio de información y de las mejores prácticas sobre temas de interés común, viajes de estudio y documentación. </li><li>Negociación colectiva. Se implementará un anexo, en el cual, México se comprometió a implementar mecanismos laborales en la protección de los derechos de los trabajadores y su libre asociación, adicional a un nuevo proceso, el establecimiento de una nueva entidad independiente para la conciliación y el registro de sindicatos y acuerdos de negociación, así como Tribunales Laborales para la resolución de controversias.</li></ol>



<h2 class="wp-block-heading">Soluciones</h2>



<p>En ese sentido, y como se los comentamos al inicio de este Blog, tanto los sindicatos, los trabajadores, y los patrones, tendrán que modificar, ajustar sus procesos, para que su relación sea más equitativa, justa y transparente.</p>



<p>La Reforma laboral y el T-MEC implica que los empresarios deben conocer sobre estos dos temas a fondo en sus implicaciones, para evitar inconvenientes, por ende, acércate a <strong>Lofton Servicios Integrales</strong>, te podemos brindar la asesoría especializada que requieras, pregunta por nuestros servicios, en estos cambios, estamos contigo.</p>



<p><em>Otros artículos relacionados:</em></p>



<p><a href="https://loftonsc.com/juridico-laboral/como-quedaron-las-inspecciones-laborales-en-el-marco-del-t-mecy/">¿Cómo quedaron las inspecciones laborales en el marco del T-MEC?</a></p>



<p><a href="https://loftonsc.com/juridico-laboral/principales-reformas-a-la-ley-federal-del-trabajo-2019/">Principales reformas a la Ley Federal del Trabajo</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>La importancia de la Reforma Laboral para la aprobación del T-MEC</title>
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		<pubDate>Wed, 22 Jul 2020 13:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Jurídico laboral]]></category>
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					<description><![CDATA[La Reforma laboral fue uno de los cambios más relevantes que tuvo realizar el gobierno mexicano para avanzar en las negociaciones del Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) . En concreto, la polémica se centraba que en nuestro país había condiciones laborales inequitativas respecto a temas de salario, libertad sindical, discriminación y [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La Reforma laboral fue uno de los cambios más relevantes que tuvo realizar el gobierno mexicano para avanzar en las negociaciones del Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) . </p>



<p>En concreto, la polémica se centraba que en nuestro país había condiciones laborales inequitativas respecto a temas de salario, libertad sindical, discriminación y justicia laboral.</p>



<p>Estas diferencias significaban para nuestro país ventajas que  representaban inequidades dada la naturaleza del acuerdo comercial. Un trabajador de la industria minera o automotriz, por ejemplo, gana mucho menos en México que en los otros dos países. Esta condición hace que las empresa prefieran instalarse en México para pagar salarios más bajos.</p>



<p>Pues bien, el camino que México tenía para avanzar en estos temas y alcanzar la aprobación del T-MEC fue mediante la Reforma laboral del 2019. </p>



<h2 class="wp-block-heading" style="font-size:28px"><strong>Cambios de la Reforma laboral</strong></h2>



<p>Las disposiciones laborales del T-MEC fueron negociados para su aprobación final, ya que era evidente que cada país implementara cambios en su legislación para cumplir con el mismo, y fue así que México modificó su <a href="http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf" target="_blank" rel="noopener">Ley Federal del Trabajo </a>creación de nuevos lineamientos, contemplando lo siguiente:</p>



<h3 class="wp-block-heading" style="font-size:22px"><strong>Protocolo antidiscriminación</strong></h3>



<p>al adoptar políticas para prevenir el riesgo psicosocial de acuerdo con la Norma Oficial “NOM-035- STPS -2018”, misma que entro en vigor en octubre de 2019, y la cual, se debe tener en cuenta los patrones, ya que se encuentra en plena aplicación, y con ella, se evitaría los casos de discriminación por razones de género, así como atención de casos de violencia, acoso u hostigamiento sexual.</p>



<h3 class="wp-block-heading" style="font-size:22px"><strong>Nuevo sistema de justicia laboral</strong></h3>



<p>El establecimiento de un sistema de justicia laboral, efectivo, transparente, e independiente mediante:</p>



<ul style="font-size:22px"><li>La creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que tiene por objeto sustanciar el procedimiento de&nbsp;<strong>conciliación</strong>&nbsp;que deberán agotar los trabajadores y patrones, en asuntos individuales y colectivos.</li><li>Sustitución de la Juntas de Conciliación y Arbitraje por Centros de Conciliación y Tribunales Laborales, lo cual, es la transferencia de funciones al Poder Judicial.</li><li>La implementación de un procedimiento de Conciliación.</li><li>La implementación de un nuevo proceso laboral.</li></ul>



<h3 class="wp-block-heading" style="font-size:22px"><strong>Democracia y transparencia sindical</strong></h3>



<p>La democracia sindical, que no es, más que la votación, libre, secreta de los líderes sindicales, por parte de los trabajadores, hacerlos participes de este derecho vulnerado anteriormente. </p>



<p>La transparencia sindical, que consistirá en la cancelación de registros si sus representantes incurren en omisiones, contar con constancias de representatividad cuando se registra un nuevo sindicato ante el <a href="https://loftonsc.com/juridico-laboral/centro-federal-conciliacion-registro-laboral/">Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral</a>. </p>



<p>De lo anterior, lo que garantizará una negociación colectiva, la erradicación de contratos de protección, el cual, es evitar que los mismos sean firmados sin consentimiento de los propios trabajadores, y por ende, implicara su respectivo procedimiento.</p>



<h3 class="wp-block-heading" style="font-size:22px"><strong>Protección a los trabajadores del hogar</strong></h3>



<p>Al carecer de derechos contemplados en la legislación mexicana, se reconoce la figura para que pueda acceder a derechos como vacaciones, seguridad social, entre otros.</p>



<h3 class="wp-block-heading" style="font-size:22px"><strong>Impacto en las relaciones de trabajo</strong></h3>



<p>Sin lugar a dudas, la Reforma laboral tienen consecuencias importantes para la dinámica laboral de todo el país. Es importante estar asesorado y cumplir con todas la nuevas normatividades, ya que aplican a todos los centros de trabajo.</p>



<p><em>Otros artículos de interés:</em></p>



<p><a href="https://loftonsc.com/juridico-laboral/examinando-nom-35-profundidad-lofton/">Entrevista: Examinando la NOM 035 a profundidad</a></p>



<p><a href="https://loftonsc.com/juridico-laboral/centro-federal-conciliacion-registro-laboral/">Nace el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral</a></p>
]]></content:encoded>
					
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		<title>El T-MEC y la industria automotriz</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lofton Servicios Integrales]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 01 May 2020 05:28:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Marketing Digital]]></category>
		<category><![CDATA[COVID-19]]></category>
		<category><![CDATA[industria automotriz]]></category>
		<category><![CDATA[REGLAS DE ORIGEN]]></category>
		<category><![CDATA[T-MEC]]></category>
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					<description><![CDATA[Han concluido las formalidades y procedimientos internos requeridos para la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), por lo que a partir del 1 de julio de 2020 comenzará la vigencia del mismo. De acuerdo con el gobierno mexicano, la entrada en vigor de este acuerdo impulsará [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Han concluido las formalidades y procedimientos internos requeridos para la
entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y
Canadá (T-MEC), por lo que a partir del 1 de julio de 2020 comenzará la
vigencia del mismo. </p>



<p><a href="https://www.gob.mx/se/prensa/t-mec-entrara-en-vigor-el-1-de-julio-de-2020?idiom=es" target="_blank" rel="noopener">De acuerdo con el gobierno mexicano</a>, la entrada en vigor de este acuerdo impulsará la recuperación económica de nuestro país y de la región de América del Norte posterior a la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19. </p>



<p>Sin embargo, para el sector privado aún falta cosas por determinar que le permitan a las empresas continuar disfrutando de los beneficios de la integración comercial, como es el caso de la industria automotriz y las modificaciones a las reglas de origen. &nbsp;</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿En que consisten las Reglas de Origen en el T-MEC?</h3>



<p> A pesar de que el concepto de reglas de origen entre los tres países de la región no es nuevo, en el T-MEC se plantean nuevos escenarios al modificarlas de la siguiente manera: </p>



<ul>
<li>Se incrementa el valor de contenido
regional de 62.5 a 75%</li>



<li>Se adiciona el valor de contenido
laboral para aplicarse de 30% a 40%. Esto es, que cada vehículo deberá
producirse en la región con salarios de al menos 16 dólares la hora. </li>



<li>La producción del 70% de acero y
aluminio deberá ser de alguno de los tres países firmantes.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">¿Qué dice la industria automotriz?</h3>



<p>Respecto de la contingencia y las actividades realizadas por sectores
esenciales de la economía, mismas que el gobierno mexicano determino y autorizó
para continuar operando en tiempos de crisis sanitaria; la industria automotriz
no se ubica en dichas actividades.&nbsp; </p>



<p>Sin embargo, representantes del sector privado apuntan que la industria automotriz contribuye con el 3.7 del PIB nacional y con uno de cada 5 empleos de las industrias manufactureras; por lo cual debe considerarse esencial. Adicional, la COPARMEX llamó al Consejo de Salubridad General (CSG) a designar como sector esencial de la economía a la industria automotriz fundamentando que:</p>



<ul>
<li>Es parte primordial para la reanudación de actividades en las cadenas globales de valor con Norteamérica, Europa y Asia.</li>



<li>Es clave para el correcto funcionamiento de los servicios de emergencia y abastecimiento de insumos. </li>



<li>Al conservar a la plantilla laboral se evitarían contratiempos en el reinicio de operaciones en la cadena global de la industria.</li>
</ul>



<p>De igual manera el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) lanzó un llamado al sector empresarial para participar en la “Conferencia Nacional para la recuperación Económica” a finales de abril, para diseñar un plan de recomendaciones concretas para hacerle frente a la coyuntura. </p>



<p>Entre los objetivos principales de estas mesas de trabajo, el CCE determinó enfocarse en la diversificación comercial y el no rompimiento de la proveeduría nacional y regional en América del Norte. </p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Afectaciones a las cadenas de suministro para la industria automotriz?</h3>



<p>La Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA) y Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones (ANPACT) han hecho presión ante el gobierno mexicano para que este determine a la industria automotriz como parte de los sectores esenciales y puedan volver a operar. </p>



<p>Por parte del gobierno mexicano, a través de la secretaria de economía, Graciela Márquez, se ha iniciado comunicación con sus contrapartes en Estados Unidos y Canadá para coordinar la apertura de actividades económicas de las cadenas globales de suministro de la industria automotriz, pero ha aclarado que esto sucederá una vez que se tenga control sobre la pandemia.  </p>



<h3 class="wp-block-heading">¿La industria automotriz esta lista para el T-MEC?</h3>



<p>Ante la implementación del T-MEC, esta claro que existieron factores externos que no fueron consideradores en la coyuntura, como es el caso de la contingencia sanitaria a nivel global derivado del virus COVID-19, de acuerdo con la Asociación de Mujeres Aduaneras (AMA) impactan con mayor fuerza en:</p>



<ul>
<li>La proveeduría y fuentes de suministro</li>



<li>Restricciones a la importación y exportación</li>



<li>Demanda de mayor certidumbre en las reglas de comercio</li>



<li>Protección de inversiones</li>
</ul>



<p>Para lo cual, ante la inminente importancia del sector automotriz y todo el trabajo en conjunto que han realizado sus representantes del sector privado. </p>



<p>El pasado 24 de abril del presente, la Secretaría de Economía emitió un <a href="https://www.gob.mx/se/prensa/gobiernos-de-america-del-norte-alistan-plan-para-reapertura-del-sector-automotriz-en-la-region-240960?idiom=es" target="_blank" rel="noopener">comunicado</a> con el objetivo de brindar certeza sobre como cumplir con las reglas de origen indicadas en el T-MEC, estableciendo las siguientes herramientas:</p>



<ol>
<li>Reglamentaciones uniformes (RU) que brindan detalles respecto a las instrucciones definidas trilateralmente y demás reglas de operación para que la industria automotriz pueda cumplir con las nuevas reglas de origen una vez que el T-MEC entre en vigor.</li>



<li>Regímenes alternativos de transición (RAT) que les permitirán a las armadoras de autos acceder a plazos más largos para cumplir con dicho régimen de origen. </li>
</ol>



<p>Estas medidas otorgan un respiro a la industria automotriz que, tendrá la opción de contar con un plazo mayor para adaptarse a las nuevas medidas establecidas en el T-MEC. </p>
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