Norma de arrendamiento NIF D-5, ¿está lista tu empresa?

A partir de enero 2019 entró en vigor la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 16 y la Norma de Información Financiera (NIF) D-5  relativas a arrendamientos.

Las reglas cambian sustancialmente en el caso del reconocimiento contable de los contratos: los arrendamientos puros u operativos y los financieros o capitalizables celebrados por el arrendatario sufrirán una homologación en su tratamiento. Este cambio traerá modificaciones en procesos, sistemas, métricas como el EBITDA, el cumplimiento de cláusulas de préstamos, o incluso podría desincentivar la renta de activos y favorecer la decisión estratégica de comprarlos.

Dicha norma introduce un solo modelo de valuación de los arrendamientos para el arrendatario, y requiere que se reconozcan los activos y pasivos de todos los contratos de arrendamiento con una duración superior a los doce meses, a menos que el activo subyacente (bien objeto del arrendamiento) sea de bajo valor o con tiempos más cortos.

Adicionalmente, se deberá evaluar lo siguiente:

  • Identificación de un contrato: En este caso, un contrato es o contiene un arrendamiento, si este transfiere el derecho de uso de un activo por un periodo de tiempo determinado a cambio de una contraprestación.

Se considera que un contrato transfiere el derecho de uso de un activo a lo largo del periodo de uso, si el cliente tiene el derecho a:

  1. Obtener sustancialmente todos los beneficios económicos del uso del activo a lo largo de todo el periodo de uso; y
  2. Dirigir el uso del activo.
  • Identificación de activos en arrendamiento: Un activo en arrendamiento se identifica por estar explícitamente especificado en un contrato; sin embargo, puede también identificarse por estar de manera implícita y se identifica cuando el activo pasa a estar disponible para su uso por el arrendatario.

Bajo este escenario, los cambios efectuados al contenido de la NIF D-5, modifican de manera significativa la estructura financiera de las entidades desde el punto de vista del arrendatario; sin embargo, para el arrendador no hay cambios importantes.

En Lofton Servicios Integrales, estamos a tus órdenes para asesorarte en la adopción de dicha Norma, con la finalidad de que cuentes con las normas de información al corriente.

C.P.C. Enrique Miranda

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