El pasado 7 de noviembre se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los decretos que integran el Paquete Económico 2026, entre ellos, las reformas a la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), la Ley Federal de Derechos (LFD), la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y particularmente, al Código Fiscal de la Federación (CFF), cuya entrada en vigor será el 1 de enero de 2026.

Esta reforma trae consigo cambios que fortalecen las facultades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y buscan combatir las prácticas irregulares, por lo que los contribuyentes deberán realizar diversos ajustes importantes en sus procesos administrativos y de control interno para dar cumplimiento a las nuevas disposiciones.

A continuación, te compartimos los cambios más relevantes en materia fiscal que toda empresa debe tener en el radar:

Mayor control sobre los comprobantes fiscales (CFDI)

Se amplía el concepto de CFDI falsos, incluyendo aquellos que amparen operaciones inexistentes, falsas o simuladas.

Cuando no se logre demostrar que efectivamente se realizó la operación, el SAT podrá suspender los sellos digitales de inmediato, y resolver el procedimiento en un plazo máximo de 24 días hábiles. También se presumirán falsos los comprobantes fiscales que no cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF.

Esta medida no solo afectará a los emisores, sino también a quienes utilicen estos comprobantes. Asimismo, las sanciones penales por emitir o usar CFDI falsos, podrán ir de 2 a 9 años de prisión.

Restricción del Certificado de Sello Digital (CSD)

Se incorporan nuevos supuestos de restricción aplicables al Certificado de Sello Digital, entre ellos:

  • Cuando los contribuyentes no proporcionen la información requerida por las autoridades aduaneras o no cuentes con un control de inventarios.
  • Cuando mantengan créditos fiscales firmes sin pagar, y en el ejercicio inmediato anterior hayan facturado un monto total que supere cuatro veces el valor del crédito fiscal pendiente.
  • Cuando se detecte que han emitido CFDI sin la clave de ingreso correspondiente conforme al tipo de comprobante.

Nuevo plazo para cancelar CFDI

Los contribuyentes solo podrán cancelar facturas hasta el mes en que presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio en que se emitieron. Esto limita la flexibilidad para corregir errores, y hace más importante la existencia de controles internos sobre la facturación.

Mayores facultades del SAT para negar o cancelar el RFC

El SAT podrá negar la inscripción o cancelar el Registro Federal de Contribuyentes de empresas que tengan vínculos con socios, representantes o entidades involucradas en operaciones inexistentes, créditos fiscales firmes o delitos fiscales.

Asimismo, el SAT podrá suspender actividades, disminuir obligaciones fiscales, o cancelar el RFC de un contribuyente, cuando en sus propios sistemas detecte que durante los tres o cinco ejercicios anteriores no ha presentado declaraciones, no ha sido reportado en declaraciones de terceros, no ha emitido o recibido CFDI, no ha presentado avisos ante el RFC, y no cuenta con créditos o requerimientos pendientes.

Estas acciones buscan depurar el padrón de contribuyentes activos y prevenir el uso indebido de razones sociales.

Limitación al procedimiento de reconsideración administrativa

El procedimiento de reconsideración administrativa solo será procedente en casos relacionados con créditos fiscales, excluyendo la posibilidad de solicitarlo en otro tipo de resoluciones administrativas.

Este cambio reduce las alternativas de defensa de los contribuyentes, y a su vez refuerza la importancia de actuar oportunamente en las etapas iniciales de cualquier procedimiento fiscal.

Supervisión en tiempo real para plataformas digitales

A partir de 2026, las plataformas digitales de streaming, transporte, entrega, entre otras, deberán dar acceso directo y en tiempo real al SAT a sus registros de operaciones. Esto refuerza la fiscalización en el ecosistema digital.

Cambios en la forma de garantizar créditos fiscales

Los contribuyentes deberán seguir un orden obligatorio cuando pretendan garantizar el interés fiscal, comenzando con el billete de depósito, seguido por la carta de crédito, prenda e hipoteca, póliza de fianza, obligación solidaria asumida por un tercero y embargo administrativo.

Además, se elimina el beneficio de no garantizar el interés fiscal cuando se interponga un recurso de revocación.

Nuevas infracciones y sanciones

Se establecen infracciones por no enviar reportes volumétricos, condicionar la emisión del CFDI, y se amplían los supuestos de contrabando y falsedad documental, con sanciones de hasta 8 años de prisión.

También se amplía el plazo para notificar embargo e inmovilización de cuentas de 3 a 20 días.

Otras disposiciones del Paquete Económico 2026

Además del CFF, la Ley de Ingresos de la Federación establece las metas de recaudación para el próximo ejercicio y refuerza la vigilancia sobre los ingresos tributarios.

Por su parte, las modificaciones a la Ley del IEPS y a la Ley Federal de Derechos ajustan cuotas y derechos en sectores estratégicos como hidrocarburos y telecomunicaciones.

¿Qué deben hacer las empresas ante estos cambios?

Las nuevas disposiciones demandan mayor control, trazabilidad y consistencia en las operaciones fiscales y administrativas de las empresas.

A grandes rasgos, las acciones que recomendamos implementar son:

  • Revisar procesos de emisión y cancelación de CFDI
  • Validar la situación fiscal de socios y representantes
  • Fortalecer los controles de cumplimiento y documentación
  • Cuidar la materialidad de sus operaciones, es decir, asegurarse que cada transacción tenga un sustento real, documental y operativo que las respalde ante una posible revisión.

La prevención y la actualización oportuna siempre serán la mejor estrategia.

En Lofton estamos a la orden para ayudar a las empresas a adaptarse a los nuevos requerimientos fiscales, minimizar riesgos y mantener un cumplimiento sólido. Contáctanos si necesitas que ayudemos a tu empresa.