Muchas empresas creen que si no están obligadas a presentar el Dictamen IMSS o el Dictamen INFONAVIT, no tienen nada que revisar en materia de seguridad social. Este es un error que puede salir caro: no estar obligado a dictaminarse no significa que las obligaciones ante el IMSS y el INFONAVIT desaparezcan, ni que los riesgos dejen de acumularse mientras nadie los revisa.
Hoy en día, el IMSS y el INFONAVIT cruzan información de nómina timbrada, el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) y registros de crédito con una capacidad de detección que hace unos años no tenían. Las diferencias ya no se descubren años después: se identifican en meses, y pueden derivar en un requerimiento formal o en una visita domiciliaria.
En Lofton hemos trabajado con empresas de distintos tamaños e industrias, y hemos visto un patrón que se repite con frecuencia: la mayoría, en especial las que nunca se han dictaminado, no saben en qué condiciones reales operan frente a estas dos instituciones, hasta que la propia autoridad se los hace saber.

Dictamen IMSS y dictamen INFONAVIT: qué es obligatorio y qué es opcional
Conforme a la Ley del Seguro Social (LSS), las empresas con 300 o más trabajadores están obligadas a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS. Para empresas con menor plantilla, el dictamen es voluntario y puede ser una herramienta útil de control preventivo.
En el caso del Dictamen INFONAVIT, no existe como tal una obligación de presentarlo: es una opción a la que puede recurrir cualquier patrón, sin importar el tamaño de su plantilla, para dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de vivienda. Los beneficios de contar con él son concretos: el patrón dictaminado no es sujeto de visitas domiciliarias por los ejercicios dictaminados, y no recibe cédulas de determinación de diferencias por el periodo cubierto por el dictamen.
En ambos casos, el dictamen no es solo un requisito para empresas grandes, es una herramienta de protección disponible para cualquier empresa que quiera reducir su exposición ante una revisión. Sin embargo, la mayoría de las empresas, en tanto no estén obligadas a dictaminarse, no revisan a fondo su situación real ante estas dos instituciones, hasta que una carta invitación las obliga a hacerlo bajo presión.
Cinco áreas donde se concentra el riesgo patronal
1. Preparación documental
Registros patronales desactualizados, actas constitutivas que no coinciden con la razón social registrada ante el IMSS, o la imposibilidad de localizar documentación de respaldo cuando la autoridad la solicita, son fallas que no afectan la operación diaria pero se vuelven críticas en el momento exacto en que más se necesitan: durante una visita domiciliaria o una solicitud de aclaración.
2. Control de nómina y seguridad social
Este es el punto donde más empresas tienen exposición sin saberlo. Cuando comisiones, bonos o prestaciones variables no se integran correctamente al Salario Base de Cotización (SBC), existe una diferencia entre lo que se reportó al IMSS y lo que realmente se pagó, que se acumula bimestre tras bimestre. Precisamente, la integración del SBC, junto con inconsistencias en fechas de alta o baja y diferencias entre el SUA y los CFDI de nómina, es de las causas más frecuentes que encontramos en revisiones de este tipo.
3. Movimientos laborales y obligaciones
Las altas deben reportarse dentro de los 5 días hábiles siguientes al ingreso, y las modificaciones salariales dentro de los primeros 5 días del bimestre correspondiente. Reportarlos fuera de plazo, conforme al artículo 304-A, fracción III de la LSS, se sanciona con 20 a 75 UMA por movimiento, de $2,346.20 a $8,798.25 pesos, multiplicado por cada trabajador y cada periodo en que ocurrió el retraso. A esto se suman las retenciones de crédito INFONAVIT mal aplicadas: cuando un descuento se calcula de más, de menos o fuera de tiempo, el INFONAVIT cobra la diferencia con actualización y recargos, y en casos de incumplimiento reiterado puede iniciar un Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), el mismo mecanismo de cobro forzoso que utiliza el SAT.
4. Subcontratación y servicios especializados
Cualquier empresa que reciba servicios especializados de un tercero debe verificar que ese proveedor tenga registro vigente ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). Si el proveedor no está registrado, o su registro no corresponde a la actividad que factura, la empresa contratante pierde la deducibilidad del gasto ante el SAT, no puede acreditar el IVA correspondiente, y asume responsabilidad solidaria si el proveedor no pagó correctamente las cuotas IMSS o las aportaciones INFONAVIT de esos trabajadores. Muchas empresas nunca han verificado si sus proveedores de servicios especializados están vigentes en el padrón público del REPSE.
5. Preparación ante revisión o fiscalización
Más allá de si tu empresa está obligada a dictaminarse, la pregunta relevante es otra: si el IMSS o el INFONAVIT solicitaran hoy tu documentación, ¿podrías entregarla de forma completa y consistente? Las empresas que nunca han hecho una revisión formal de su cumplimiento suelen descubrir sus diferencias hasta que ya llegó el requerimiento, cuando el margen para corregir sin recargos es mucho más estrecho.
El momento correcto para revisar tu situación, es antes de que llegue el requerimiento
El segundo semestre del año, cuando ya pasó la temporada de declaración anual y cierre de dictámenes, es un buen momento para hacer esta revisión sin la presión de un plazo legal encima: evaluar el nivel real de cumplimiento, identificar diferencias antes de que se conviertan en un requerimiento, y decidir con calma si conviene avanzar hacia una auditoría formal o, si aplica, hacia la presentación de un dictamen voluntario.
Un panorama claro de tu situación, en minutos
El Diagnóstico IMSS-INFONAVIT de Lofton evalúa las cinco áreas donde más riesgo se acumula: preparación documental, control de nómina y seguridad social, movimientos laborales, subcontratación y preparación ante fiscalización, y te muestra en minutos dónde están los riesgos de tu empresa, antes de que la autoridad te lo indique.
Si el resultado revela diferencias que requieren atención técnica, nuestro equipo de especialistas en auditoría IMSS e INFONAVIT puede acompañarte a cuantificarlas, corregirlas y, si tu empresa está obligada o decide hacerlo de forma voluntaria, presentar el dictamen correspondiente.
¿Tienes certeza de que tus pagos, movimientos y registros ante el IMSS y el INFONAVIT son correctos, o simplemente asumes que lo son porque nadie ha dicho lo contrario?
Responde el Diagnóstico IMSS-INFONAVIT



