Conoce los más recientes cambios relacionados con el REPSE, que aborda nuevas causas para la cancelación del Registro y las visitas de inspección de las autoridades laborales.

El pasado 3 de enero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

Este acuerdo y las modificaciones están relacionadas principalmente con el Registro al Padrón de empresas prestadoras de servicios especializados, el procedimiento de dicho Registro, así como nuevas causales para la cancelación del REPSE.

Del procedimiento del registro

El artículo 8, “de las disposiciones establecidas para REPSE”, es sobre los requisitos y requerimientos necesarios para el registro en el padrón en la plataforma http://repse.stps.gob.mx.

Además del registro con la documentación en digital que las empresas realizan, las personas físicas o morales deberán de ingresar en formato PDF o XML los siguientes documentos:

  1. Identificación oficial vigente de la persona física o del representante legal
  2. Poder Notarial
  3. Último comprobante de nómina (XML)
  4. Acta Constitutiva y el objeto social vigente
  5. RFC
  6. Registro(s) Patronal(es) ante IMSS
  7. Comprobante de Domicilio
  8. Último comprobante del Sistema Único de Determinación (SUA) emitido por el IMSS (PDF).

Los elementos destacados son los agregados en los últimos cambios REPSE.

De la solicitud de información

El artículo 11 señala que la autoridad laboral podrá solicitar en cualquier momento información adicional a las empresas solicitantes y con los cambios a REPSE recién publicados en el DOF se agrega que también podrán solicitar información a las empresas beneficiaras de los servicios especializados para validar la información y proporcionada por la empresa solicitante del REPSE.

De la vigilancia e inspección de las autoridades

El artículo 13 del Acuerdo REPSE versa sobre la vigencia que tendrá el registro y será por un plazo de 3 años, después tendrá que renovarse.

Se adicionan el capítulo III Bis a este artículo, relacionado a la vigilancia y cumplimiento de la legislación laboral en materia de subcontratación, en todos los centros de trabajo inscritos a REPSE:

De los cambios más relevantes a este Capítulo III Bis, se encuentran las facultades de los Inspectores Federales de Trabajo, quienes, en sus visitas de inspección de trabajo por REPSE, además de solicitar la información y documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones generales de trabajo relacionadas con la subcontratación, tendrán que verificar los siguientes elementos:

A las personas y empresas inscritas en REPSE

  • Que la información proporcionada en la solicitud de registro coincida con las condiciones reales del centro de trabajo
  • Verificar que las actividades de servicios especializados no formen parte de la actividad económica preponderante de la beneficiaria
  • Que cuenten con los contratos para la prestación de servicios u obras especializadas
  • Cumplimiento a las condiciones de trabajo relacionadas con las altas de los trabajadores ante el IMSS

A las empresas beneficiarais de los servicios especializados

  • Que los trabajadores que se encuentren ejecutando los servicios especializados en el centro de trabajo de la empresa beneficiaria no realicen actividades que formen parte de la actividad económica preponderante de esta
  • Los trabajadores estarán debidamente identificados (imagen, nombre, gafete o código de identidad que relacione con la empresa que presta el servicio especializado)
  • Que cuenten con contratos de prestación de actividades especializadas

Más cambios REPSE: nuevas causales para la cancelación

Causales para la negación

El artículo 14 habla sobre la facultad de la autoridad de negar el REPSE. De las causas más frecuentes, se encuentran:

  • No acreditar el carácter especializado del servicio u obra
  • Incumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social
  • Proporcionar información falsa o documentos apócrifos,
  • Negativa a atender los requerimientos de información de las autoridades
  • Por errores en los datos ingresados en la plataforma de Registro, respecto a los datos e información adjuntados digitalmente

Con los cambios más recientes a REPSE se adicionan nuevas causales de cancelación del registro a personas físicas y morales:

  • Por advertirse incumplimientos a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación
  • Si no se inscribe a los trabajadores al IMSS, irregularidades con el salario de los trabajadores o con el contrato de prestación del servicio especializado

Causales de la cancelación

El artículo 15 versa sobre las causales de cancelación del REPSE. Se adicionan los siguientes supuestos en los cuales la autoridad se encontrará facultada a cancelar el Registro.

  • Si en las visitas de inspección, se detecte que los datos o documentos sean diferentes de los ingresados en la plataforma;
  • Por proporcionar información falsa o documentos apócrifos durante las visitas de inspección
  • Si se advierten incumplimientos a la LFT en materia de subcontratación
  • Por no tener inscritos a los trabajadores al IMSS, irregularidades con su salario y el contrato de prestación del servicio especializado

Adicionalmente, se agregan los artículos 15-A, 15-B y 15-C, relacionados a que las personas morales y físicas inscritas, podrán cancelar el Registro, cuando así lo consideren y justificando la razón de ello. También la posibilidad de actualizar y agregar más actividades al Padrón de Contratistas, donde la autoridad deberá contestar en un plazo dentro de los 20 días hábiles a partir de la solicitud.

Soluciones Lofton

Ante los más recientes cambios al REPSE, es indispensable que las empresas y particulares inscritas en el padrón vigilen el cumplimiento de las nuevas disposiciones de las autoridades laborales, principalmente las relacionadas con la elaboración de contratos especializados para REPSE.

De igual modo, ante una visita de inspección de las autoridades, es indispensable contar con el soporte documental fehaciente, que dé cuenta del cumplimiento de las condiciones de trabajo, así como del correcto registro de los trabajadores ante el IMSS, el pago de salarios y prestaciones establecidas en la LFT.

Si tienes dudas sobre la documentación necesaria para hacer frente a las nuevas modificaciones REPSE, o quieres saber cómo blindar a tu empresa ante visitas de inspección, o sobre la elaboración de contratos para trabajadores de servicios especializados, en Lofton nuestra área Jurídico Laboral cuenta con el servicio de Acompañamiento legal a la Reforma al outsourcing, quienes te brindarán todas las herramientas jurídicas necesarias para dar debido cumplimiento a los cambios REPSE que expusimos.

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Lic. Erik Lozano, Socio de Juridico Laboral de Lofton

Puedes leer el Acuerdo completo dando clic aquí.