Una diferencia en el Impuesto sobre Nóminas (ISN) ocurre cuando el impuesto declarado no corresponde con las remuneraciones que la empresa realmente pagó. Puede permanecer varios meses sin ser evidente: un bono considerado fuera de la base, una compensación que no se integró o un concepto excluido sin soporte bastan para que el error se repita cada mes.
Tu nómina, tu contabilidad y tus declaraciones deben contar la misma historia, sin embargo, es una conciliación que casi nadie hace de forma periódica porque la declaración “ya se presentó y se pagó”.
En este artículo te explicamos qué conceptos forman la base del ISN en la Ciudad de México, dónde suelen originarse las diferencias, cómo realizar una revisión preventiva y por qué corregir el proceso importa más de lo que se puede pensar.
El Impuesto sobre Nóminas no se calcula únicamente sobre el sueldo
En la Ciudad de México, están obligadas al pago del ISN las personas físicas y morales que realizan erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado (Código Fiscal de la Ciudad de México, CFCDMX, art. 156). La base no se limita al sueldo ordinario.
El CFCDMX incluye conceptos como:
- sueldos y salarios;
- tiempo extraordinario;
- premios, primas, bonos, estímulos e incentivos;
- compensaciones;
- gratificaciones y aguinaldos;
- participación patronal al fondo de ahorro;
- primas de antigüedad;
- comisiones; y
- determinados pagos a administradores, comisarios o integrantes de consejos.
Esto hace que el cálculo sea más sensible de lo que parece. No basta con tomar un total de nómina y aplicar una tasa: primero hay que determinar qué conceptos forman parte de la base y cuáles están expresamente excluidos conforme a la legislación.
El Impuesto sobre Nóminas no es una cifra aislada. Es el resultado de que nómina, contabilidad y criterios fiscales estén hablando el mismo idioma.
Nota: este artículo se refiere al ISN de la Ciudad de México. Cada entidad federativa tiene su propia tasa, base y fecha de pago.
En 2026, la tasa en Ciudad de México es del 4%
La tasa general del ISN en la Ciudad de México es del 4% sobre el monto total de las remuneraciones gravadas. El aumento de 3% a 4% entró en vigor en 2025 y continúa aplicándose en 2026 (CFCDMX, art. 158). El impuesto se causa conforme se realizan las erogaciones y se paga mediante declaración a más tardar el día 17 del mes siguiente (art. 159).
Por eso, una diferencia que se repite cada mes se acumula rápidamente. Un ejemplo ilustrativo:
Y eso, sin considerar actualización, recargos ni multa, que se suman cuando la diferencia se corrige tarde o la descubre la autoridad.
¿Dónde suelen originarse las diferencias?
Las diferencias casi siempre nacen en la configuración de la nómina o en la falta de conciliación, no en el momento de presentar la declaración. Estos son los cinco orígenes más comunes:
Excluir un concepto sin revisar si realmente cumple los requisitos puede subestimar la base gravable.
La mejor revisión parte de una conciliación
Una revisión preventiva del ISN no debe empezar con las declaraciones presentadas. Debe regresar a la información que les dio origen.
La base del ISN debe poder conciliarse de principio a fin: Nómina → conceptos gravados y excluidos → contabilidad → base declarada → impuesto pagado. Si alguna parte de esa secuencia no puede explicarse, existe una diferencia que conviene analizar.
Una empresa debería poder responder:
- ¿El total de remuneraciones registrado en contabilidad coincide con la nómina?
- ¿Qué conceptos fueron incluidos en la base?
- ¿Qué conceptos fueron excluidos y con qué fundamento?
- ¿Existen pagos extraordinarios que no fueron considerados?
- ¿El número de trabajadores es congruente con la operación?
- ¿La base declarada puede reconciliarse con los registros contables?
- ¿Las declaraciones mensuales reflejan los ajustes realizados durante el año?
Detectar la diferencia internamente permite conservar margen de maniobra
Cuando una empresa identifica una inconsistencia por cuenta propia, todavía puede determinar qué ocurrió, desde cuándo ocurre, cuánto representa, qué periodos afecta y cómo corregirla. Ese orden cambia cuando la diferencia surge durante una revisión.
Cuando es la autoridad quien descubre la omisión, además del impuesto se generan actualización, recargos y multa sobre las contribuciones omitidas.
Por eso, antes de presentar una declaración complementaria conviene conocer primero el origen completo de la inconsistencia. El sistema de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México contempla la presentación de declaraciones complementarias del ISN, incluso para modificar remuneraciones y datos relacionados con trabajadores. Pero una complementaria debe ser el resultado del diagnóstico, no el primer paso.
Corregir el impuesto sin corregir el proceso no resuelve el problema
Este es probablemente el punto más importante. Supongamos que una empresa detecta que durante seis meses cierto bono no se integró a la base. Puede recalcular el impuesto y presentar las declaraciones correspondientes. Pero si ese concepto sigue configurado de la misma manera en el sistema de nómina, la diferencia volverá a aparecer el mes siguiente.
Corregir un mes sin corregir la configuración que generó el error solo traslada el problema al periodo siguiente. Por eso la corrección debe llegar al origen:
- catálogo de conceptos;
- parametrización de nómina;
- criterios fiscales;
- interfaces contables;
- responsables de revisión; y
- conciliaciones mensuales.
La mejor corrección no es la que ajusta el impuesto anterior. Es la que evita que la diferencia vuelva a generarse el siguiente mes.
Nómina, contabilidad e ISN deben contar la misma historia
El ISN es una contribución local, pero la información que lo soporta convive con distintos sistemas y obligaciones de la empresa. La misma nómina genera información para contabilidad, CFDI de nómina, seguridad social, retenciones, prestaciones laborales y contribuciones locales. Eso permite realizar cruces y detectar inconsistencias.
Por ejemplo, un crecimiento considerable de la nómina sin un cambio proporcional en la base del ISN debería explicarse. Lo mismo ocurre si las cuentas contables de sueldos, bonos y compensaciones aumentan, pero las declaraciones permanecen casi sin cambios.
No necesariamente significa que exista un incumplimiento. Pero sí es un indicador que merece revisión.
¿Cómo realizar una revisión preventiva del ISN?
Una ruta práctica cabe en cinco etapas:
- Conciliar nómina contra contabilidad. Identificar las cuentas y conceptos que forman parte de las remuneraciones del periodo.
- Clasificar conceptos. Separar remuneraciones gravadas de conceptos que no causan el impuesto conforme al CFCDMX.
- Comparar contra las declaraciones. Validar que las bases declaradas mensualmente correspondan con la conciliación.
- Cuantificar las diferencias. Determinar periodos, origen e impacto económico de cualquier inconsistencia.
- Corregir el proceso y, cuando corresponda, las declaraciones. Regularizar periodos anteriores y modificar el control que generó la diferencia.
No se trata solo de comprobar si “el 4% está bien calculado”. Se trata de confirmar que la base sobre la que se aplicó ese 4% sea correcta.
El cierre de 2026 es una buena oportunidad para revisar
Esperar a que exista un requerimiento significa revisar bajo presión. El cierre del ejercicio, en cambio, ofrece una oportunidad natural para conciliar los doce meses, detectar comportamientos atípicos y confirmar que los criterios usados durante el año siguen siendo correctos.
Además, el ISN es una fuente relevante de ingresos para la Ciudad de México, lo que refuerza la conveniencia de tratarlo como un frente permanente de cumplimiento y no como una declaración mensual meramente operativa.
Cinco preguntas para saber si tu ISN está correctamente soportado
- ¿La nómina concilia con la contabilidad? Con diferencias explicadas, no solo cifras cercanas.
- ¿Sabemos qué conceptos están gravados y cuáles excluidos? Y con qué fundamento.
- ¿Los pagos extraordinarios del año se consideraron? Aguinaldos, bonos, comisiones, finiquitos.
- ¿La base declarada coincide con la conciliación? Mes por mes.
- ¿Tenemos un responsable y una conciliación mensual? Sin ellos, el error vuelve a aparecer.
Si alguna respuesta no es clara, todavía hay tiempo para resolverla antes del cierre.
La pregunta no es solo cuánto pagaste, sino cómo llegaste a esa cifra
Una declaración presentada y pagada no significa que el cálculo esté correctamente soportado. Lo importante es poder demostrar cómo se construyó la base: qué conceptos se consideraron, cuáles se excluyeron, cómo se conciliaron con la contabilidad y por qué el impuesto pagado corresponde con la realidad de la nómina.
Si hoy la autoridad revisara los principales conceptos de remuneración de tu empresa, ¿podrías reconstruir esa conciliación mes por mes?
El riesgo no está solo en calcular mal el 4%. Está en construir mal la base. Bonos, compensaciones, pagos extraordinarios, conceptos excluidos y diferencias contables pueden modificar el ISN sin que la empresa lo detecte de inmediato.
¿Tu empresa podría reconstruir hoy la base de su Impuesto sobre Nóminas?
En Lofton ayudamos a las empresas a revisar la determinación de su ISN, identificar diferencias, cuantificar posibles contingencias y definir una ruta de regularización y control para evitar que las inconsistencias sigan acumulándose, como parte de nuestros servicios de nóminas.
Detectar una diferencia antes de que lo haga la autoridad cambia todo el escenario.
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Preguntas frecuentes sobre el Impuesto sobre Nóminas en CDMX
¿Qué es el Impuesto sobre Nóminas?
Es una contribución local que grava las erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado. En la Ciudad de México está regulado por el CFCDMX.
¿Cuál es la tasa del ISN en la Ciudad de México en 2026?
La tasa general es del 4% sobre el monto total de las remuneraciones gravadas. El aumento de 3% a 4% entró en vigor en 2025 (CFCDMX, art. 158).
¿Cuándo se paga el ISN en la Ciudad de México?
Mediante declaración a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se realizaron las erogaciones (CFCDMX, art. 159).
¿Qué conceptos forman parte de la base del ISN?
Además del sueldo, entre otros: tiempo extraordinario, bonos, premios, incentivos, compensaciones, gratificaciones, aguinaldos, comisiones, primas de antigüedad y participación patronal al fondo de ahorro. Algunos conceptos están excluidos conforme al artículo 157 del CFCDMX, siempre que cumplan los requisitos aplicables.
¿Qué pasa si descubro que declaré menos ISN del que correspondía?
Conviene cuantificar primero el origen, los periodos afectados y el impacto, y después regularizar mediante declaración complementaria, corrigiendo también la configuración de nómina que generó la diferencia. Corregir antes de una revisión conserva margen de maniobra.
¿Puedo presentar una declaración complementaria del ISN?
Sí. El sistema de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México contempla declaraciones complementarias del ISN, incluso para modificar remuneraciones y datos de trabajadores. Se recomienda presentarla después de un diagnóstico, no antes.
¿Existen beneficios para reducir la tasa del ISN?
Existen beneficios y reglas de acceso para ciertos contribuyentes, por ejemplo vinculados al crecimiento de la plantilla laboral. Su aplicación depende de cumplir requisitos específicos, por lo que conviene validarlos con un especialista.
¿Por qué se recomienda conciliar nómina, contabilidad y declaraciones?
Porque la misma nómina alimenta contabilidad, CFDI, seguridad social y contribuciones locales. Los cruces entre esas fuentes permiten detectar inconsistencias antes de que lo haga la autoridad.
¿Lofton puede revisar mi ISN antes de una revisión de la autoridad?
Sí. Revisamos la conciliación entre nómina, contabilidad y declaraciones, cuantificamos diferencias y definimos la ruta de regularización y control.
Este artículo tiene fines informativos y no sustituye la asesoría profesional sobre un caso concreto. Tasa y fechas vigentes en la Ciudad de México en 2026.



