¿Qué es?
La constancia registral es el documento que emite la Fiscalía General de la Republica (FGR) a través de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México y de sus Delegaciones Estatales.
La finalidad de este documento es que las embajadas, consulados y dependencias de gobierno verifiquen si un ciudadano cuenta con registros de carácter judicial.
La Procuraduría General de la República (PGR) es la encargada de llevar a acabo los registros de carácter judicial, a través de los medios electrónicos que almacenan los datos personales, asimismo, salvaguardará los derechos y garantías de las personas cuando se hubieran visto involucrados en hechos ilícitos que afecten su fama y prestigio personal o habiendo sido reconocida su inocencia dentro de un procedimiento penal, por lo que la Procuraduría a través de sus archivos y registros permitirá enterar esta información al particular que muestre su interés personal.
Cómo tramitarla
Ahora bien, para poder solicitar una Constancia registral deberás de cumplir con los siguientes requisitos, los cuales deberán de ser presentados en original y copia:
- Carta de solicitud emitida por la embajada, consulado o dependencia de gobierno, la cual no deberá de tener una vigencia mayor a tres meses, misma que deberá de estar dirigida al titular de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales o la delegación estatal correspondiente de la Procuraduría General de la República
- Identificación oficial vigente
- Comprobante de domicilio, el cual no deberá de tener una vigencia mayor a tres meses
- Cartilla o precartilla del servicio militar nacional
- Acta de nacimiento, la cual no deberá de haber sido expedida en un periodo mayor a cinco años
- Dos fotografías a color en tamaño pasaporte o filiación
- Deberás de realizar el pago por la cantidad de $178.00 (ciento setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Más información en el Portal de Trámites del Gobierno Federal.
Cabe señalar que la constancia registral, puede ser solicitada por personas que residan dentro del territorio nacional y personas que habitan en el extranjero, para ello podrá gestionar el trámite a través de personas que cuenten con poder notarial o carta poder simple firmada ante dos testigos y anexando copia de sus identificaciones oficiales.
De lo anterior, la constancia será expedida en un término no mayor a 10 días hábiles una vez cumplimentados los requisitos mencionados, asimismo, la constancia tendrá una vigencia máxima de 30 días naturales a partir de la fecha de expedición.