La Reforma Fiscal 2020 por fin se publicó y con ella una serie de modificaciones a las leyes en cuanto a comercio electrónico, e-commerce, o “economía colaborativa”, como aparece en las leyes. Esto significa que usuarios que ganen dinero a través de apps tendrán que pagar impuestos.
El auge de las apps de servicios llegó hace pocos años a nuestro país y en menos de lo que pensamos se convirtieron en una nueva forma de economía que creció cada año, y a la que se unen cada vez más nuevos usuarios que buscan obtener ingresos. Pero el crecimiento exponencial y la tercerización de los servicios hicieron necesaria su regulación tributaria.
Específicamente, la modificación que a partir del 1 de enero regulará a los usuarios que ganen dinero a través de plataformas como Uber, Airbnb, Rappi, o similares, se realizó en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Capítulo II del título IV Sección III “De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares”.
Pues bien, a partir del 1 de enero los usuarios que generen dinero a través de plataformas estarán obligados a pagar impuestos a través de tasas de retención en función de la actividad y el monto obtenido. De esta manera:
Conductores de Uber, Beat, Didi, Cabify (servicios de transporte de pasajeros y entrega de bienes):
Ingreso mensual | Tasa de retención |
Hasta $5,500 | 2% |
Hasta $15,000 | 3% |
Hasta $21,000 | 4% |
Más de $21,000 | 8% |
Airbnb (o servicios de hospedaje)
Ingreso mensual |
Tasa de retención |
Hasta $5,000 | 2% |
Hasta $15,000 | 3% |
Hasta $35,000 | 5% |
Más de $35,000 | 10% |
Para enajenación de bienes y prestación de servicios:
Ingreso mensual | Tasa de retención |
Hasta $1,500 | 0.4% |
Hasta $5,000 | 0.5% |
Hasta $10,000 | 0.9% |
Hasta $25,000 | 1.1% |
Hasta $100, 000 | 2.0% |
Más de $100, 000 | 5.4% |
Es importante señalar que estas retenciones tendrán carácter de pago provisional y las tasas se aplican a los montos totales reportados en el mes. Si el total de ingresos anual no excede los $300, 000 podrán reportar el ISR aplicando estas mismas tasas de retención.
Si quieres conocer más sobre los principales cambios de la Reforma Fiscal 2020, te invitamos a la conferencia que realizaremos el día jueves 16 de enero de 2020, Reforma Fiscal 2020: Hacia una nueva cultura fiscal.
Para reservaciones: REFORMA FISCAL 2020
Redacción Lofton