La Reforma Laboral y el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) tienen una estrecha relación que busca igualar las condiciones de trabajo entre los tres países, así como la relación entre trabajadores y patrones.

En el presente Blog, se abordarán los puntos más relevantes de la Reforma laboral y el T-MEC, para que las empresas cuenten con la información necesaria para la toma de decisiones.

Con la entrada en vigor el pasado 01 de mayo de 2019 de la Reforma a la Ley Federal del Trabajo, como parte de una obligación del Gobierno Mexicano, ante la firma del T-MEC, que ya está en vigor, se espera que con la Reforma Laboral se obtenga la implementación de un nuevo sistema en que trabajadores y patrones resuelvan sus diferendos de manera pronta y expedita.

Por parte del T-MEC, su finalidad es promover la cooperación entre los países en materia laboral, automotriz, agrícola, medioambiental, sanitaria y hasta economía digital.

Las negociaciones en el tema laboral del T-MEC

El T-MEC es un proyecto el cual sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, mejor conocido como TLCAN o NAFTA, el cual, entró en vigor en 1994 y requería de una actualización de muchas normatividades acorde a los tiempos actuales.

Uno de los temas más discutidos en las negociaciones por parte del Gobierno de los Estados Unidos y en particular con México era sobre cuestiones laborales, donde se exigían cambios radicales en relación a temas como la libertad sindical, trabajadores del hogar, perspectiva de género, la discriminación, por mencionar algunos.

Para resolver estas diferencias se tomó la Declaración de 1998, de la Organización Internacional del Trabajo, que en específico trata temas de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, y se recalcaron los siguientes compromisos.

  • Garantizar la efectiva implementación de los derechos laborales internacionalmente reconocidos.
  • Abordar algunos de los retos al ejercicio efectivo de los derechos laborales internacionalmente reconocidos, tales como el trabajo forzoso, la violencia o la discriminación en el empleo.
  • Promover la transparencia y el involucramiento de la sociedad civil en la aplicación de la legislación laboral.

El capítulo 23 del T-MEC

En virtud de estos compromisos, se tienen las siguientes disposiciones que serán establecidas en lo que será su Capítulo 23 del T-MEC:

  1. Implementación de leyes o modificación de las mismas, que fue la base de la actual Reforma laboral.
  2. El compromiso compartido, afirmando su obligación como miembros de la OIT, México, Estados Unidos y Canadá.
  3. Derechos labores, su no derogación, y su aplicación, el cual, el objetivo es adoptar en las leyes y regulaciones los derechos de los trabajadores, específicamente:
    • Libertad de asociación
    • Reconocimiento a la negociación colectiva
    • Regulación en el trabajo, discriminación, trabajo infantil
    • Aplicación de un sistema de justicia laboral efectivo
  4. El trabajo forzoso u obligatorio, refiriéndose a las mercancías producidas en cada país y su producción debe ser identificada, con la finalidad de prohibir su importación en los respectivos países.
  5. Violencia contra los trabajadores, ya se tiene como objetivos abordar eficazmente el tema de la violencia laboral.
  6. Trabajadores migrantes, donde ser debe de garantizar que los trabajadores estén protegidos.
  7. Discriminación en el centro de trabajo, obligados a implementar políticas contra la discriminación laboral por razones de:
    • Sexo
    • Embarazo
    • Orientación sexual
    • Identidad de género
    • Discriminación salarial
    • Responsabilidad de cuidado
  8. Concientización publica y garantías procesales, refiriéndose a los parámetros que deben contemplar las leyes laborales, su observación y su cumplimiento.
  9. Cooperación, para el intercambio de información y de las mejores prácticas sobre temas de interés común, viajes de estudio y documentación.
  10. Negociación colectiva. Se implementará un anexo, en el cual, México se comprometió a implementar mecanismos laborales en la protección de los derechos de los trabajadores y su libre asociación, adicional a un nuevo proceso, el establecimiento de una nueva entidad independiente para la conciliación y el registro de sindicatos y acuerdos de negociación, así como Tribunales Laborales para la resolución de controversias.

Soluciones

En ese sentido, y como se los comentamos al inicio de este Blog, tanto los sindicatos, los trabajadores, y los patrones, tendrán que modificar, ajustar sus procesos, para que su relación sea más equitativa, justa y transparente.

La Reforma laboral y el T-MEC implica que los empresarios deben conocer sobre estos dos temas a fondo en sus implicaciones, para evitar inconvenientes, por ende, acércate a Lofton Servicios Integrales, te podemos brindar la asesoría especializada que requieras, pregunta por nuestros servicios, en estos cambios, estamos contigo.

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